Dred Scott vive en Puerto Rico … la segregación, la desigualdad y el discrimen… Por Thomas Rivera Schatz, Ex presidente del Senado

Dred Scott vive en Puerto Rico

En Washington DC, sin embargo, hay quienes se escudan en interpretaciones matemáticas absurdas para cuestionar el mandato de estadidad
Puerto Rico Tough Times

AP.
Por Thomas Rivera Schatz, Ex presidente del Senado

Aunque usted no conozca sobre Dred Scott, le aseguro que la esencia de lo que él significa aún vive en Puerto Rico. Sí, la segregación, la desigualdad y el discrimen que padeció este esclavo afroamericano del estado de Misuri a mediados del siglo XIX, tienen sus equivalentes en estos tiempos en la colonia conocida como Estado Libre Asociado. Sí, Dred Scott aún vive aquí para inspirar nuestra voluntad de lucha por la igualdad; y para derrotar la indiferencia de algunos en la Casa Blanca, el Congreso y el Tribunal Supremo Federal.

Dred Scott nunca cedió un milímetro de su lucha en los tribunales estatales y federales para que se le reconociera como “ciudadano americano” y “hombre libre”. En aquellos tiempos, las personas de la raza negra eran sometidas como esclavos. Tampoco se les reconocía como ciudadanos americanos.

Con la ayuda de organizaciones norteñas anti esclavistas, Scott litigó sus reclamos en varios tribunales hasta llegar al Tribunal Supremo Federal. (Dred Scott v. Sandford, 60 U.S. 393, 1857).

Su apelación final fue resuelta en su contra en 1857. Esa, constituye la decisión más infame y bochornosa en la historia de ese tribunal. En su decisión (7-2), utilizando los más rebuscados tecnicismos legales, el Supremo federal resolvió: 1) que las personas de la raza negra, aunque fuesen libres, no tenían y nunca podrían tener la ciudadanía de los Estados Unidos; 2) que Scott, al no ser ni poder aspirar a ser ciudadano, no tenía derechos protegidos por la Constitución y mucho menos derecho a presentar sus reclamos en los tribunales federales; 3) que Scott era una “propiedad”, equivalente a una “mercancía”, sujeta a la autoridad de su “amo”; y 4) que la ley aprobada por el Congreso federal en 1846, prohibiendo la esclavitud en los nuevos territorios coloniales de los Estados Unidos, era inconstitucional.

He sostenido en muchas ocasiones que una de las virtudes de la nación de nuestra ciudadanía es su capacidad para evolucionar, a pesar de las actitudes de sus dirigentes incidentales. Recordemos que una cosa son los principios y las instituciones, pero otra cosa son quiénes y cómo las administran. En 1865, luego de la Guerra Civil, la infamia judicial que representó el caso de Dred Scott fue invalidada por el Congreso y los estados con la aprobación de la 13ra. Enmienda de la Constitución que abolió la esclavitud; y por la 14ta Enmienda que en 1868 reconoció la ciudadanía americana de los ex esclavos.

El Tribunal Supremo federal, sin embargo, tardó casi un siglo en comenzar a enmendar su grave error contra la dignidad humana y los derechos civiles en el caso de Scott, cuando resolvió el caso de Brown v. Board of Education, 347 U.S. 483 (1954).

Algunos estudiosos del derecho intentan justificar la infamia judicial en este caso, apelando a que su interpretación debe realizarse en el contexto de su época. Discrepo. La dignidad del ser humano y sus derechos naturales a la igualdad no tienen limitaciones de tiempo ni espacio en la historia.

Lo cierto es que la infamia y el discrimen en el Supremo federal y otros tribunales federales persisten, se mantienen latentes. Superaron la esclavitud, pero nunca han superado la segregación, el discrimen y la desigualdad del colonialismo que se le impone a Puerto Rico donde viven 3.5 millones de ciudadanos americanos por nacimiento.

A principios del siglo XX, redoblaron la infamia colonial con los llamados “Casos Insulares” en los que tribunales federales legislaron ficciones jurídicas para fabricar términos como “territorios incorporados” y los “no incorporados”, clasificaciones que no existen en el texto de la Constitución federal. Todo ese montaje de tecnicismos judiciales rebuscados, parecidos a los utilizados en el caso de Dred Scott, se hizo para tratar de perpetuar el flagelo del colonialismo en contra de ciudadanos americanos como los de Puerto Rico. Tecnicismos legales absurdos, obsoletos y “contra natura” en una nación democrática.

Al igual que en el caso de Scott, los “Casos Insulares” les ofrecen a algunos funcionarios incidentales del Tribunal Supremo federal, el Congreso y la Casa Blanca los tecnicismos infames para sostener, hasta hoy, que Puerto Rico es una “propiedad” sujeta a los poderes absolutos del Congreso; el equivalente de un “amo”. Ese tribunal nos considera una propiedad o mercancía por la que los Estados Unidos pagaron a España luego de la Guerra Hispanoamericana de 1898; equivalente a lo que el “amo” de Scott pagó por él para dirigir a su capricho la vida, el destino y la dignidad de ese afroamericano.

Según los “Casos Insulares”, solamente tenemos los derechos civiles fundamentales y la ciudadanía que ni siquiera ellos le podrían negar hoy a Dred Scott. Pero esos “Casos Insulares” aun sostienen de manera abierta e infame que podemos ser discriminados en todo lo demás porque somos la colonia que ellos mismos nos imponen unilateralmente y con su indiferencia.

Hoy, la colonia que ellos crearon y diseñaron con sus lacayos colonialistas en Puerto Rico está en quiebra como resultado de la segregación, el discrimen y la desigualdad que nos han impuesto durante 117 años. Hoy, también se hacen de la vista larga con el mandato electoral de los ciudadanos americanos de Puerto Rico que, en 2012, votamos democráticamente, les revocamos contundentemente en las urnas el alegado y falso consentimiento colonial de 1952; y les exigimos la igualdad de derechos con la estadidad. En Puerto Rico, ya ejercimos la libre determinación en 2012: No a la Colonia y Sí a la Estadidad. Lo que queda pendiente es la acción del Gobierno federal que se esconde detrás de la inacción oportunista del actual gobierno colonialista de la Isla.

En Washington DC, sin embargo, hay quienes se escudan en interpretaciones matemáticas absurdas para cuestionar el mandato de estadidad. Se olvidan, por ejemplo, que Hawaii fue admitido como estado en 1959 con el 34.7% de los votos de la totalidad de los electores con derecho al sufragio en aquel proceso.

Somos estadistas porque valoramos nuestra ciudadanía americana, como la valora casi la totalidad de nuestro pueblo. Porque sabemos que la estadidad es la única manera y la más digna para disfrutar esa ciudadanía en condiciones de igualdad con nuestros conciudadanos; iguales derechos con iguales obligaciones.

Porque sabemos que la estadidad, en su diversidad, protege la libre expresión de nuestra naturaleza racial y cultural. Porque rechazamos la segregación, la desigualdad y el discrimen del sistema colonial que se le impone unilateralmente a Puerto Rico.

Porque nos indigna someternos a la voluntad de aquellos que les imponen sus leyes y sus decisiones a nuestras vidas y propiedades mientras ellos mismos nos impiden elegirlos y tener el derecho a la representación.

Pero también sabemos que en los Estados Unidos de América predominan los principios, las leyes y las instituciones que nos garantizan reclamar nuestros derechos de manera civilizada.

Porque sabemos que esos principios nos dan la razón para enfrentar y derrotar los prejuicios, la indiferencia y el discrimen de aquellos funcionarios incidentales del Gobierno federal que abusan del poder por acción o por omisión; menoscabando la grandeza de la democracia que reconoce que “todos somos creados iguales”.

Porque sabemos que la ausencia de nuestra estrella en la bandera de nuestra ciudadanía es la presencia de la segregación, el discrimen y la desigualdad. Porque, a pesar de ser discriminados, nunca hemos titubeado al defender esa bandera en la paz o en la guerra.

Porque sabemos, que todos los discriminados que nos antecedieron en sus luchas en esta nación, triunfaron y hoy son iguales ante la ley. Nosotros, también tenemos la voluntad para triunfar… para colocar en esa bandera nuestra estrella como símbolo de igualdad. Así somos los estadistas.

La inacción oportunista del actual gobierno colonialista de Puerto Rico con relación a los mandatos electorales anticoloniales de 2012, jamás excusará la responsabilidad que tiene el Gobierno federal de tomar iniciativa para corregir inmediatamente la infamia del colonialismo en Puerto Rico.

Ni una sola palabra en la Constitución obliga al Gobierno federal a poseer territorios coloniales y menos a discriminarlos. Si los tienen y los discriminan es porque así lo han deseado, como discriminaron en contra de Dred Scott y sus pares. Precisamente, los poderes absolutos que reclaman sobre Puerto Rico bajo la “Cláusula Territorial” de la Constitución al imponernos el colonialismo, deberían ser utilizados de la manera correcta: para acabar con esa infamia de segregación, discrimen y desigualdad. Llegó la hora de ejercer esos poderes absolutos que reclaman en Washington DC para cambiar la infamia del discrimen por la dignidad de la igualdad. Esta colonia es su criatura y su responsabilidad indelegable. Dred Scott vive en Puerto Rico.

Hechos Relevantes del Caso

Como esclavo, Dred Scott “pertenecía” a John Emerson, un médico del ejercito con residencia permanente en el estado de Misuri, donde todavía se permitía la esclavitud alrededor de 1850. Por razones de trabajo, entre 1836 y 1840, Emerson, junto a varios de sus esclavos incluyendo a Scott, tuvo que trasladarse al estado norteño anti esclavista de Illinois y el entonces territorio colonial norteño de Wisconsin, donde tampoco se permitía la esclavitud por una ley aprobada en el Congreso. Después de esos cuatro años, Emerson y Scott regresaron al estado esclavista de Misuri. Scott pensó que por el hecho de haber vivido durante cuatro años en tierras “libres” como Illinois y Wisconsin, entonces ya no debería ser considerado como esclavo a pesar de su regreso a Misuri. La visión de Scott no era incorrecta. Varios precedentes judiciales estatales en Misuri habían dispuesto que si un esclavo regresaba al estado luego de haber permanecido en un territorio libre, podía permanecer siendo libre; “una vez libre, siempre libre” (“once free, always free”).

Emerson falleció en 1843. Tres años después, Scott solicitó su libertad a la viuda quien se la negó. En 1850, Scott ganó su demanda en una corte estatal de Misuri. En 1852, sin embargo, el Tribunal Supremo de ese estado revocó la decisión del tribunal inferior. La viuda de Emerson volvió a casarse y Scott pasó a ser “propiedad legal” del hermano de la viuda, John Sandford. El caso llegó hasta el Tribunal Supremo federal en 1857 con los resultados narrados. Scott murió un año después sin ser reconocido como ciudadano americano ni como hombre libre. Su voluntad y lucha, sin embargo, sembraron la semilla de la igualdad para muchos hombres y mujeres.Thomas Rivera Schatz, Ex presidente del Senado

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