Fianza: Todos los derechos tienen límites

Todos los derechos tienen límites

18 de julio de 2012 – OpiniónPolítica – 

Tanto en los tribunales estatales como los federales a través de todo Estados Unidos, los jueces tienen discreción para fijar fianzas, por lo que no es un derecho absoluto, sino limitado.

Ing. J. Raymond Watson, Colaborador

El concepto titular de esta columna es obvio y harto conocido. No obstante, al leer y escuchar lo mucho expresado tan irresponsablemente, alegando que el derecho a la fianza es absoluto, es esencial mostrar con claridad que tal exageración es falsa. Tampoco es lo acostumbrado en el mundo civilizado.

Empecemos por señalar que, tanto en los tribunales estatales como los federales a través de todo Estados Unidos, los jueces tienen discreción para fijar fianzas, por lo que no es un derecho absoluto, sino limitado. Al aprobarse la propuesta enmienda a la Constitución local, solo nos estaremos igualando a lo que ya es la práctica en toda nuestra nación.

En cuanto a lo ‘absoluto’ del derecho a la fianza, no hay tal cosa en nuestra democracia con su gobierno republicano.

Por ejemplo, la libertad de expresión no faculta para mentir al dar testimonio en un tribunal. Mentir bajo juramento judicial es un delito castigable por ley, muy lejos de ser el empleo del derecho a expresarse. El derecho a la propiedad no faculta a poseer un auto y conducirlo por las vías públicas sin tener al día las licencias requeridas. Otro caso es el de portación de armas de fuego. El derecho constitucional federal no permite el que se adquieran armas por la libre en la calle, sino que por ley se tienen que obtener luego de un estricto proceso legal y solo portarse conforme a las limitaciones de la ley. Por lo tanto, nadie puede disparar, donde y comoquiera, un revólver obtenido ilegalmente por la calle y alegar que está empleando su derecho constitucional. Tal acción es un delito criminal y conlleva un castigo penal severo.

La enmienda propuesta a la Constitución local limita el derecho a la fianza a solo quienes se merecen volver a la calle a pesar de estar acusados, con causa probable, de un delito criminal. La limitación es que los jueces tienen la discreción de decidir a quién se le deja salir a la comunidad mediante una fianza monetaria luego de habérsele hallado causa probable de haber cometido cierto delito. A su vez, los jueces están limitados a ejercer su discreción para no conceder fianza en determinados casos de acusados de crímenes especialmente horrendos, y en los que se halle causa probable, según está claramente definido en el texto de la enmienda. De esta manera, se protege a la sociedad de un riesgo potencial peligroso. De no ser así, todos los estados federados y la justicia federal no funcionarían de esta manera, siendo Estados Unidos la cuna de la libertad humana y los derechos civiles.

Para el ciudadano que no considera cometer un ultraje y matar a su víctima, si no contempla montarse en su auto y dispararle a inocentes, si no piensa ni por un instante que pueda agredir con intención de matar a un policía ejerciendo sus funciones, si ni le pasa por la mente siquiera cometer alguno de los otros delitos sangrientos especificados en la enmienda, no le merece preocupación alguna su aprobación.

Este un caso claro de anteponer los derechos de los muchos ciudadanos inocentes que viven respetando las leyes a los ‘derechos’ de personas acusadas de ser enemigos de nuestra sociedad, ya que todo aquel que comete un crimen agrede a toda la comunidad. Es más, eso de reconocerle ‘derechos’ a nuestros enemigos como que es un disparate, ¿no es así?

Puerto Rico merece que se apruebe esta enmienda con un ‘Sí’ enfático en el referéndum del 19 de agosto.

La Constitución no puede ser impedimento para combatir la criminalidad

18 de julio de 2012 – OpiniónPolítica – 

“En 1952, cuando se aprobó nuestra Constitución conteniendo la prohibición de la pena de muerte, los problemas del País eran muy distintos a los del presente.”

EL VOCERO / Archivo

Asaltar para robar o hacer ‘carjacking’ ya no es suficiente. Ahora hay que asesinar viciosamente a la víctima del robo. Por mirar a una joven, un varón inseguro y celoso con ínfulas de macharrán mata a cualquiera de varios disparos. Pisar sin querer el zapato de un joven –a pesar de disculparse– es motivo para asesinarle a disparos. Para esta nueva cosecha de asesinos concebidos y criados de la década de los años 80 en adelante, la vida no vale nada.

Desgraciadamente hemos producido dos generaciones con un porcentaje demasiado alto de individuos que no respetan las leyes, la autoridad, sus padres, maestros, a nada ni a nadie. Muchos de estos son sociópatas (trastorno de personalidad antisocial) que no tienen noción de la importancia de las leyes, normas sociales ni de los derechos de los demás. La mayor parte de los asesinatos y matanzas del presente con su secuela de víctimas inocentes son cometidas por sociópatas o sicópatas sin conciencia ni sentimientos. En estos últimos, en sus cerebros ya han ocurrido cambios irreversibles que hacen que no sean susceptibles a tratamiento ni a rehabilitación, por lo que las opciones que tiene el Estado son, encerrarlos de por vida en cárceles de máxima seguridad, o –dependiendo de sus crímenes– aplicarles la pena capital.

Las leyes, así como la aprobación de la Constitución que rige a un Pueblo en una democracia, son decisiones que se toman respondiendo a la realidad de las circunstancias y de las aspiraciones del Pueblo. En 1952, cuando se aprobó nuestra Constitución conteniendo la prohibición de la pena de muerte, los problemas del País eran muy distintos a los del presente. Las drogas, ni la criminalidad, ni el SIDA, ni la violencia doméstica, ni la mayor parte de los problemas que hoy padecemos habían hecho su entrada a nuestro entorno, y los de estos que existían se encontraban en niveles socialmente tolerables. Por consiguiente, los padres de la Constitución no previeron el mundo en el que seis décadas más tarde nos tocaría vivir, ni el tipo de problemas que confrontaríamos. Por ejemplo, compárese las tasas de asesinatos en el País para los años 1952 y 2011, respectivamente:

  • En 1952 la tasa de asesinatos fue de 6.6 asesinatos por 100 mil habitantes.

  • En el 2011 la tasa de asesinatos fue de 29.89 asesinatos por 100 mil habitantes. Una de las más altas del mundo.

Para frenar esta situación la ciudadanía exige del Gobierno acción inmediata con todas las medidas preventivas y punitivas existentes. La reciente visita de Janet Napolitano y el compromiso del presidente Obama para atajar la incidencia criminal y la violencia ‘inaceptable’ en la Isla son eventos esperanzadores. Pero el País no puede enfrentarse a la presente ola criminal y a estos asesinos con las restricciones y limitaciones que le impone una Constitución que fue diseñada para circunstancias muy distintas. Esta no puede ser impedimento para lograr una sociedad que sea capaz de reaccionar a la altura de los retos del presente. El próximo 19 de agosto es urgente y necesario aprobar la enmienda a la Constitución que permite eliminar el derecho absoluto a la fianza para los asesinos habituales. Ya es tiempo que a estas sabandijas se les remueva de la sociedad mientras se les procesa para enfrentar la justicia. Pero es también ya tiempo de que a nuestro Pueblo se le consulte respecto a enmendar la Constitución para adoptar la pena capital como otra importante medida para lidiar con esta deplorable situación.

En el 2000 la firma Gallup llevó a cabo una encuesta internacional para consultar si se estaba o no a favor de la pena de muerte. Poco más del 52% indicó estar a favor de la pena de muerte. En una encuesta llevada a cabo en el 2008 por la misma firma en Estados Unidos, se encontró que el 64% de los entrevistados favoreció la pena de muerte, el 30% estuvo en contra y 5% no tuvo opinión al respecto. En la mayoría de las encuestas llevadas a cabo en Estados Unidos la respuesta ha sido a favor de la pena de muerte.

Las reacciones en contra y a favor de la pena capital abundan y tienen componentes que hacen del asunto uno muy controversial.

Las primeras provienen de portavoces de sectores religiosos, de defensores de los derechos civiles –particularmente los de los criminales–, de personas del movimiento pro vida, de amnistía internacional, ACLU, Colegio de Abogados y otras. Todos basan su posición en contra en los siguientes argumentos:

  1. la pena de muerte no es un disuasivo para evitar que se cometan crímenes;

  2. existe la posibilidad de que se pueda ejecutar a un inocente por error;

  3. es inhumano quitar una vida;

  4. el único que puede quitar la vida es Dios;

  5. se priva a la persona del derecho a la vida;

  6. es preferible la encarcelación de por vida; y

  7. hay que ir a la raíz de las causas del problema de la criminalidad.

Para todos estos argumentos existen otros de igual peso a favor de la pena capital así como personas que los apoyan con igual intensidad.

Recientes estudios conducidos por prominentes investigadores universitarios publicados en revistas de las Ciencias Sociales y otras de gran prestigio internacional, destacan que:

* la pena de muerte es un disuasivo;

* por cada ejecución de un criminal, se salvan de morir de 3 a 18 potenciales víctimas inocentes;

* con los más recientes usos de la tecnología del ADN se minimiza en un 99% el riesgo de ejecutar a un inocente;

* son totalmente crueles e inhumanos los horribles crímenes cometidos por los sentenciados a la pena capital, mientras que su ejecución se lleva a cabo utilizando medidas rápidas y sin dolor;

* la Biblia está llena de alusiones a un Dios que avala la pena de muerte para los que no se comportaban como las creencias de la época y su ley demandaban;

* la encarcelación de por vida también priva a las personas del derecho constitucional a la libertad y los opositores no lo objetan, además de que no evita el que el criminal se escape o mate en la misma cárcel a otros confinados o a guardias penales; además de que el costo de mantenerlos de por vida en prisión es oneroso;

* todas las instituciones sociales llamadas a ir a la raíz de las causas del problema y a prevenirlo –familia, escuela, religión y Estado– están en crisis y han fallado en actuar efectivamente, pero aun siendo efectivas los resultados serían a muy largo plazo.

La pena capital es una importante herramienta adicional para la luchar contra el flagelo de la criminalidad rampante. Por todas partes el sentir del Pueblo es que hay que implantarla, enmendando la Constitución o de la manera que sea. Si vivimos en un régimen democrático en que se respeta la voluntad del Pueblo… consúltesele. Estoy seguro de que el apoyo a esta medida será masivo. Puerto Rico ya no aguanta más. ¡Ya es hora de hacerlo!

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