AGP miente #documentos

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6 de febrero de 2012 – Política – 

El Senador le mintió al exgobernador Aníbal Acevedo Vilá sobre detalles del viaje

El propio candidato a la gobernación del Partido Popular Democrático (PPD), Alejandro García Padilla (AGP), admitió que la lujosa travesía a Europa y el Medio Oriente no fue necesaria y que la misma era injustificable en un informe firmado por el propio senador cuando era Secretario del DACO. También se desprende de este documento oficial que el funcionario no fue honesto con el ex-gobernador Aníbal Acevedo Vilá.

EL VOCERO tiene en su poder el informe que García Padilla le presentó el 25 de agosto de 2006 al entonces gobernador sobre los resultados del viaje al lejano Oriente, que le costó miles de dólares al Pueblo de Puerto Rico en medio de la crisis presupuestaria del 2006.

El documento –de dos páginas y firmado por García Padilla– relata tropiezos, improvisaciones y desorganización durante el viaje. Sin embargo, el Senador no le dijo toda la verdad a su jefe en aquel entonces. En la página dos del informe se detalla que “se viaja a Ginebra, Suiza, el 10 de agosto de 2006. Nos reunimos con el Sr. Eduardo Pérez Infante, el doctor Joseph P. Douze y otra persona”. En este mismo documento se detalla que “se lleva a cabo una reunión corta donde se nos indica que debemos viajar a Dubai para ver una refinería”. No obstante, el otrora Secretario del DACO en ningun momento explica quién le sugiere viajar a Dubai. Los documentos en poder de EL VOCERO revelan que los pasajes para este viaje fueron comprados el 4 de agosto de 2006, lo cual da entender y evidencia que no fue durante el viaje que se determina ir a Dubai.

La factura (Invoice #86474) que tiene EL VOCERO de la agencia Mayoristas de Viajes indica que los pasajes Miami-Ginebra-Dubai-Miami, en ‘business class’, para los días 8 al 15 de agosto de 2006 por un monto de $6,676.80 fue pagado el 4 de agosto de 2006.

EL VOCERO también tiene en su poder otro documento que confirma que se sabía de antemano que la escala de Dubai estaba en agenda. El 7 de agosto de 2006, García Padilla le escribe a Jorge Silva Puras, exsecretario de la Gobernación, informándole que estaría fuera de Puerto Rico “en gestiones relacionadas” a la encomienda de compra de combustible. “El itinerario de viaje incluye París, Geneva (Ginebra) y Dubai”, reza el documento con timbrado del DACO y que tiene a manuscrito el visto bueno y la firma de Silva Puras.

En su explicación, AGP continúa detallando que “al otro día viajamos a Dubai”, dando a entender que sí llegó a Ginebra el jueves, 10 de agosto de 2006, pues el viernes, 11 de agosto de 2006, viajó a Dubai, quedándose el fin de semana en el país árabe, ya que es el mismo García Padilla quien indica en el documento que no fue hasta el lunes, 14 de agosto de 2006 que visitó a la refinería. Una vez allí, es que AGP y la delegación se percatan que la refinería estaba cerrada hace cuatro años. “No está diseñada para producir gasolina. No produce el #6 (Bunker 6) que PREPA necesita. Solo está diseñada para producir destilado #2, que se desconoce si cumple con las especificaciones ambientales de Puerto Rico”, indicó García Padilla.

Varios expertos en el campo de los negocios le han informado a EL VOCEROque el proceso correcto para verificar sobre el terreno la viabilidad de un negocio, solamente debe proceder después de corroborar todas las condiciones de conveniencia de la oferta, el crédito, la credibilidad y la legitimidad de los proponentes, lo que se debió hacer desde Puerto Rico sin necesidad de efectuar un viaje tan oneroso.

De igual forma, es de conocimiento en el mercado internacional que Dubai y El Cairo no producen combustibles aceptables por la Agencia Federal de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés) para ser utilizados en las plantas generatrices de Puerto Rico. Estos detalles muy bien pudieron haber sido explicados por un ingeniero de la Autoridad de Energía Eléctrica sin tener que viajar a Dubai en cabina ejecutiva. El propio Presidente de la Junta de Directores de la AEE que viajó con la comitiva debió haber cotejado estos detalles previo a efectuar el viaje.

La narración de la travesía en el Medio Oriente –según AGP– es que un “jeque árabe”, sin poner su nombre “se ofreció a ser intermediario y expresó su disponibilidad para trabajar de gobierno a gobierno”.

Incluso, el hoy candidato a la Gobernación explicó en breves oraciones y sin especificar fechas que “[s]e acordó en otra renunión viajar a Egipto para ver una refinería en servicio”. Luego revela que “[n]unca pudimos llegar a la refinería, aparentemente por falta de coordinación”.

García Padilla ha reiterado públicamente que hizo una escala en París, pero que no se quedó en la capital francesa. No empece, el propio informe lo contradice. “Luego, viajamos a París. Decidimos quedarnos un día para hablar con el Sr. Eduardo Pérez Infante. Luego de haber llegado, éste abandonó el hotel sin previo aviso”.

Distinto a lo que alega en estos momentos García Padilla para justificar el ‘junket’ (viajes de placer con cargos a empresa pública o privada), este informe demuestra que el candidato a la Gobernación no salvó a Puerto Rico de un mal negocio.

La comitiva viajó 16,500 millas sin haberse cerciorado de la seriedad y legitimidad de los proponentes del siguiente negocio.

“Terminada la misión del viaje, desconocemos la fuente de origen del crudo, las refinerías que podrían participar, las cantidades que podrían manejar y la calidad de esos productos. Podemos concluir que la diligencia para este viaje probó ser negativa a pesar de haber unas ofertas firmadas por las personas que serían nuestros suplidores”, detalló García Padilla en su informe al exgobernador Acevedo Vilá.

“…A pesar de lo anterior, entendemos que el viaje fue de provecho, pues evitó una determinación errónea de parte de nuestra administración”, señala García Padilla en el informe al entonces gobernador.

Por otro lado, García Padilla no le detalló a Acevedo Vilá que sus gastos con cargo a fondos públicos fueron por casi $10,000. Se estima

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  • John E. Mudd creó un documento.
    El Derecho al Trabajo

    Alejandro García Padilla en su discurso en Mayagüez nos dice que el PNP ha violado la Constitución de PR por que no le garantiza al puertorriqueño su derecho Constitucional al trabajo. Veamos la realidad.

    Cuando la Asamblea Constituyente redactó la Constitución de PR, incluyó un Artículo 20, que dice, inter alia, así:

    El Estado Libre Asociado reconoce, además, la existencia de los siguientes derechos humanos:

    . . .

    El derecho de toda persona a obtener trabajo.

    Esta sección, basada en la Declaración de Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948, creo gran controversia en el Congreso y finalmente fue eliminada del proyecto de ley. Luis Muñoz Marín tuvo que reunir la Asamblea Constituyente nuevamente para hacer las enmiendas correspondientes.

     

    Esto, sin embargo, no acaba aquí. El Juez Presidente del Tribunal Supremo, Federico Hernández Denton, en García Benavente, querellante, v. Aljoma Lumber, Inc., 162 D.P.R. 572, 595-596 (2004), dijo lo siguiente:

     

    “Lo primero que debemos atender es la interpretación que hace el Tribunal de Apelaciones, en cuanto a que el derecho a la vida garantizado en la Sec. 7 de la Carta de Derechos, supra, incluye el derecho a obtener un empleo. Con esta conclusión el tribunal intermedio estableció jurisprudencialmente el derecho constitucional a obtener un trabajo que se pretendió incluir en la Constitución mediante la Sec. 20 de la Carta de Derechos, L.P.R.A., Tomo 1, y que, no obstante, fue expresamente excluido por la Convención*596 Constituyente durante el proceso de aprobación de la Constitución.

    En dicha Sec. 20 se incluyó un conjunto de los llamados derechos nuevos de naturaleza socioeconómica, con los que se trató de garantizar a toda persona la educación primaria y secundaria gratuita, el derecho a obtener trabajo, a una protección social en el desempleo, la enfermedad, la vejez o incapacidad física, el derecho de la mujer embarazada o en época de lactancia y de todo niño a cuidados especiales. Art. II, Sec. 20, supra.

    Esta disposición constitucional, contrario a sus contrapartes en los citados tratados internacionales que sirvieron de cimiento a la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sólo enumeraba aspiraciones que dependían para su cumplimiento del desarrollo económico del País. Trías Monge, op. cit., págs. 211–212. Se trata de una disposición que reconocía, aunque no garantizaba, ciertos derechos humanos y sugería el mayor esfuerzo del Estado para llevarlos al plano práctico. Fernós-Insern, op. cit., pág. 49; Diario de Sesiones, supra, T. 4, págs. 2523 y 2577. No obstante, el Congreso de Estados Unidos desaprobó su inclusión en la Constitución. Diario de Sesiones, supra, T. 4, págs. 2521, 2529 y 2540.

    En vista de un historial legislativo tan claro, no podemos avalar la determinación judicial del Tribunal de Apelaciones que instala un derecho expresamente excluido del ámbito de las garantías constitucionales de la Carta de Derechos, mediante la interpretación de otro derecho constitucional. La consecuencia del veto del Congreso de la Sec. 20 del Art. II de la Constitución, supra, y de la correspondiente aceptación de la Convención Constituyente, fue excluir el derecho a obtener un trabajo como garantía constitucional.”

    Por ende, toda la basura que dice AGP es sólo eso, basura retórica enfilada a coger de idiotas a los pobres que desesperadamente tratan de conseguir un trabajo y no lo encuentran. Espero esto les ayude con las mentiras del PPD.

que iguales cantidades debieron haber gastado los acompañantes de García Padilla, Edwin Rivera, entonces Director Ejecutivo de la AEE; y Luis Aníbal Avilés, presidente de la Junta de Directores de la Autoridad de Energía Eléctrica.

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