Manifiesto Sobre El ELA
Manifiesto para la reflexión y acción (Parte II)
En el sexagésimo aniversario de la fundación del “ELA”
Foto AP
Por cuanto: El informe de la Casa Blanca de Bush del 2007 en la página 6 dice lo siguiente:
…“ en tanto el Departamento de Justicia (Federal) concluyó en 1959 que Puerto Rico permanece como territorio no incorporado y como se ha señalado antes, el Tribunal Supremo, aunque reconoce que Puerto Rico ejerce una autonomía sustancial bajo el presente sistema de “Commowealth” ha sostenido que Puerto Rico permanece totalmente sujeto a la autoridad Congresional bajo la Cláusula Territorial.”
Por cuanto:El mismo informe más adelante señala:
“La Constitución de los Estados Unidos no permitiría la propuesta de un Nuevo ELA porque la tierra bajo la soberanía de los Estados Unidos tiene que ser o un estado o un territorio…si la tierra no está incluida en ningún estado tiene que ser necesariamente gobernada por y bajo la autoridad del Congreso”Por cuanto: El informe señala además que, “Aunque el Congreso tiene libertad para permitir a un territorio ejercer poderes de autogobierno (como el Congreso ha hecho respecto a Puerto Rico), este no puede restringir la autoridad de un futuro Congreso sobre ese territorio.”…un futuro Congreso tiene que tener el poder de desautorizar compromisos contenidos en un acuerdo (pacto) entre el Gobierno Federal y uno de sus territorios, independientemente de los términos de ese acuerdo. Así entonces, la propuesta de un Nuevo ELA que algunos han sometido contemplando un nuevo estatus para Puerto Rico no está permitid
Engaño-del-ELA
a por la Constitución de los Estados Unidos.”
Por cuanto: El informe de la Casa Blanca de Obama, siendo un poco más diplomático, en la página 28 dice lo siguiente:
“… conforme a las conclusiones legales a las que han llegado previos informes de Grupos de Trabajo, un aspecto de algunas de las propuestas para un estado libre asociado sigue siendo problemática en términos constitucionales: las propuestas que crearían una relación entre Puerto Rico y el gobierno federal que no podrían alterarse excepto por mutuo consentimiento. Previos informes de Grupos de Trabajo han tratado este asunto. El gobierno del presidente Obama ha examinado desde una nueva perspectiva el asunto de las cláusulas de consentimiento mutuo y ha concluido que no sería posible poner en práctica dichas disposiciones porque un Congreso futuro podría optar por modificar la relación unilateralmente. (El Congreso también podría optar por aprobar legislación que va en contra de un tratado con un país o aprobar medidas a las que se opone uno o más estados.)”
Por cuanto: Decir lo contrario es pretender hacernos creer que todos los presidentes y el Congreso con todos sus recursos legales están equivocados y el PPD es quien está en lo correcto.
Por cuanto: El PPD pretende seguir engañando a Puerto Rico a pesar de que los tiempos han cambiado y el Pueblo tiene acceso casi instantáneamente a información verídica que desmiente el mensaje del PPD.
Por cuanto: Los soberanistas del PPD (independentistas) han logrado apoderarse de la dirección, de la ideología y por las pasadas tres décadas han impuesto su discurso soberanista, nacionalista, antiamericano disfrazado de puertorriqueñista.
Por cuanto: Durante ese tiempo el PPD descartó de su discurso ideológico el principio fundamental de la unión permanente sustituyéndolo por el de asociación.
Por cuanto: El informe del presidente Obama concurrió con el Derecho Internacional en cuanto a que las únicas opciones permisibles de estatus son la estadidad, la independencia, la libre asociación y el estado libre asociado como está, siendo colonia y bajo los poderes plenarios del Congreso.
Por cuanto: El ELA llegó al punto del estancamiento político sin posibilidades de evolucionar hacia un “nuevo ELA” dentro de la Constitución de los Estados Unidos en unión permanente y con la ciudadanía americana.
Por cuanto: Bajo el ELA actual padecemos de una ciudadanía de segunda clase en virtud de la cual no tenemos derecho a votar por quienes verdaderamente nos gobiernan ni tenemos la igualdad en cuanto a los derechos con otros conciudadanos que viven en los 50 estados.
Por cuanto: Los mismos Populares reconocen que bajo el presente estatus tenemos “un déficit de democracia”.
Por cuanto: El modelo económico del ELA dejó de ser el vehículo efectivo para asegurarnos crecimiento económico y el bienestar social requerido por Puerto Rico para enfrentarse a un mundo cambiante y cada vez más competitivo. Esto a pesar de los esfuerzos hechos por distintas administraciones.
Por cuanto: Para toda una generación de Populares que respaldamos el ideario de unión permanente y común ciudadanía de don Luis Muñoz Marín y vivimos su obra, esto es algo muy difícil de aceptar… pero la realidad es una, y, negarla no la hace desaparecer.
EN VISTA DE TODO LO ANTERIOR
Por tanto: Al dejar el PPD de ser el vehículo que garantice la unión permanente con los Estados Unidos y la ciudadanía americana, la única opción que tiene Puerto Rico para garantizar ambas cosas es la Estadidad.
Por tanto: Todos los buenos Populares y Estadolibristas de toda una vida que creemos en la unión permanente y la ciudadanía americana debemos reflexionar y usando la razón echar a un lado lealtades a la tradiciones familiares caducas, a las costumbres mantenidas irreflexivamente y al inmovilismo promovido mediante engaño para abrazar resoluta e irrevocablemente el ideal de la estadidad como el único vehículo que nos brindará la igualdad, el progreso y un mejor futuro.
Amigo Popular: Yo ya lo hice… ¡sin miedo! Hazlo tú también
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Invoca derecho que no existe
Según el exjuez del Tribunal Supremo Raúl Serrano Geyls y sus textos de Derecho Constitucional, el Congreso excluyó la Sección 20 del texto constitucional.
Aunque insistió en el derecho al trabajo, el aspirante Popular pareció pasar por alto que este fue excluido de la Constitución de Puerto Rico por el Congreso. EL VOCERO / Gerardo Bello
Al terminar sus trabajos de redacción de la Constitución del Estado Libre Asociado, la Asamblea Constituyente sometió para ratificación de los electores y posterior aprobación del Congreso una Carta de Derechos, con la controversial Sección 20 que garantizaba “el derecho de toda persona de obtener trabajo y a disfrutar un nivel de vida adecuado”.
Así sometida, la Constitución fue ratificada por cerca del 80 por ciento de los electores el 3 de marzo de 1952. El 22 de abril de 1952 el presidente Harry S. Truman la sometió al Congreso. Según La historia Política de PR del historiador Antonio Quiñones Calderón, la Sección 20 enfrentó la oposición de la mayoría de los congresistas por encontrarla de corte socialista “revolucionaria y peligrosa”. El debate se concentró en la capacidad económica del ELA para garantizarle un empleo a todos los ciudadanos.
Según el exjuez del Tribunal Supremo Raúl Serrano Geyls y sus textos de Derecho Constitucional, el Congreso excluyó la Sección 20 del texto constitucional. El 3 de julio de 1952, el gobernador Luis Muñoz Marín se vio obligado a reconvocar a la Convención Constituyente el 7 de julio de 1952, para aprobar la Constitución con las exclusiones y cambios que le hizo el Congreso. El gobernador Muñoz Marín, los delegados de la Asamblea Constituyente y alto liderato del Partido Popular Democrático (PPD) asintieron a las enmiendas y la Constitución fue proclamada y entró en vigencia el 25 julio de 1952, sin el derecho al empleo.
Para trabajar por la Estadidad:
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