El máximo tribunal anunció en un comunicado que la Sala Constitucional interpretó el artículo 68 de la Constitución, el cual dispone que «los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley; reconociendo en la decisión que ese derecho político no es absoluto y, por ende, admite restricciones para su ejercicio al ordenar que el mismo se ejerza conforme a las previsiones de ley».
En consecuencia, el Tribunal Supremo estimó que «resulta obligatorio para las organizaciones políticas así como para todos los ciudadanos, agotar el procedimiento administrativo de autorización ante la primera autoridad civil de la jurisdicción correspondiente, para poder ejercer cabalmente su derecho constitucional a la manifestación pacífica».
«Cualquier concentración, manifestación o reunión pública que no cuente con el aval previo por parte de la respectiva autoridad competente para ello, podrá dar lugar a que los cuerpos policiales… actúen dispersándola con el uso de los mecanismos más adecuados para ello», agregó el escrito.
La interpretación legal se produjo en el marco de más de dos meses de violentas protestas contra el gobierno.
Las autoridades repetidamente han negado el permiso a marchar a los estudiantes, principales promotores de las protestas en contra del gobierno del presidente Nicolás Maduro, alegando que, el 12 de febrero, la oposición realizó una caminata que culminó en los violentos incidentes que dejaron un saldo de tres muertos, varias decenas de heridos y destrozos en instalaciones públicas.
La Sala Constitucional no se refirió a la segunda parte de ese artículo, que refiere que «se prohíbe el uso de… sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas», pero que son usadas profusamente para dispersar a los manifestantes.
A través de su cuenta en Twitter, el catedrático y experto constitucionalista José Vicente Haro expresó que «ahora entonces estamos en un Estado de Excepción permanente y sólo podemos ejercer el derecho a la manifestación cuando lo permita el Estado».
«La Sala Constitucional con cada sentencia destruye, desarma, desvanece los DDHH (derechos Humanos) y la Constitución como si fuera PODER CONSTITUYENTE», agregó en otro tuit en alusión a dos recientes sentencias relacionadas con las protestas callejeras de los últimos dos meses.
El Tribunal Supremo sentenció a mediados de marzo al alcalde de la ciudad de San Cristóbal, Daniel Ceballos, del partido opositor Voluntad Popular, a 12 meses de prisión y cese de sus funciones por desacato al máximo tribunal al no «evitar las barricadas» en esa jurisdicción.
Una decisión similar fue dictada días antes contra Enzo Scarano, alcalde opositor del municipio de San Diego del estado central de Carabobo, quien fue condenado por el Tribunal Supremo a 10 meses y dos semanas cárcel y la destitución de su cargo por no derribar las barricadas en esa localidad.
Desde febrero Venezuela se ha visto sacudida por las protestas de universitarios y opositores contra la inflación, el desabasto y la creciente criminalidad.
Los violentos incidentes registrados en Caracas y otras ciudades han dejado 41 muertos, 674 heridos y unos 2.285 detenidos, de los cuales 175 permanecen arrestados y sujetos a procesos judiciales, según la Fiscalía General.
Maduro descalifica esas manifestaciones, las cuales dice son parte de un plan de la oposición para promover un golpe de Estado.
Protestas seguirán mientras exista caos en Venezuela, según Capriles
Tribunal Supremo de Justicia dictaminó que hace falta autorización administrativa para realizar manifestaciones
Por Agencia EFE
Caracas – El líder opositor y gobernador del estado Miranda (centro), Henrique Capriles, aseguró hoy que las protestas continuarán mientras exista «caos» en Venezuela, después de que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictaminara que hace falta autorización administrativa para realizar manifestaciones.
«Mientras exista este caos y tantos problemas sin respuesta, nuestro Pueblo seguirá en la calle protestando, con o sin TSJ», señaló el dos veces candidato presidencial a través de su cuenta en Twitter.
La crítica del opositor responde a una interpretación del artículo 68 de la Constitución emitida ayer por la Sala Constitucional del TSJ que señala como requisito para el ejercicio de manifestaciones públicas una autorización de la autoridad administrativa correspondiente y advierte de que en caso contrario podrá actuar la Policía.
«Cualquier concentración, manifestación o reunión pública que no cuente con el aval previo por parte de la respectiva autoridad competente para ello, podrá dar lugar a que los cuerpos policiales, (…) actúen dispersándola con el uso de los mecanismos más adecuados para ello», señaló el tribunal.
Venezuela vive desde el pasado 12 de febrero una serie de protestas contra el Gobierno de Nicolás Maduro, encabezadas por estudiantes y oposición, que en ocasiones han degenerado en acciones violentas con un saldo oficial de 41 muertos y más de 700 heridos.
«Todos los venezolanos, incluso con esa sentencia TSJ, tienen derecho a la protesta pacífica que establece la Constitución y punto!», agregó Capriles en su cuenta.
La interpretación de la Sala Constitucional señala como «obligatorio para las organizaciones políticas así como para todos los ciudadanos, agotar el procedimiento administrativo de autorización ante la primera autoridad civil de la jurisdicción correspondiente», para poder ejercer la manifestación pacífica.
Capriles destacó, además, en Twitter el dato de inflación de marzo de 4.1%, lo que deja, dijo, un valor «acumulando 10.1% desde enero» y un interanual del 59.4%.
«La inflación (10.1%) acumulada en el 1 trimestre 2014, es más alta que la acumulada en TODO 2013 en LatAm y el Caribe(10.8%)», dijo.
Esos datos reflejan, señaló, máximos en el valor de inflación interanual desde 2008, y en el apartado de los alimentos el valor de marzo (6.1%), fue casi el doble que el de marzo de 2013 (3,3%).
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