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Foreclosure o ejecución hipotecaria es el proceso legal usado por bancos para confiscar y vender una propiedad hipotecada en riesgo a causa de pagos atrasados. (AP)

Cada día un promedio de 12 familias puertorriqueñas pierden su hogar. Mientras, otras 57,000 hacen malabares para poder cumplir con el pago de sus mensualidades  y evitar enfrentar un proceso de ejecución que los podría dejar en la calle.

Si a esto se suma que  hay 20,150 casos  pendientes  en los tribunales a ejecución y que en los últimos cinco años 26,985 familias perdieron sus residencias,   no hay duda que el País atraviesa un complejo drama humano  resultado de la  inclemente recesión económica.

“Ciertamente creo que es una tragedia social que entre 11 y 12 personas  pierdan diariamente sus unidades de vivienda que es el ahorro principal que tiene toda familia; y luego ver cómo se colocan con familiares o tienen que alquilar…es una preocupación genuina y ciertamente es algo que tenemos que atender”,  dijo  Rafael Blanco Latorre, comisionado de Instituciones Financieras (OCIF).

Durante el 2015, los bancos tomaron posesión de 4,123 viviendas en la Isla,  80 unidades menos que las que se reposeyeron en el año 2013 cuando se estableció el récord de 4,207, indicó a El Nuevo Día .El Nuevo Día

A pesar de que en el 2014 hubo una reducción en las cifras de viviendas en foreclosure o ejecución, el año pasado la cifra volvió a dispararse debido a la crisis económica que enfrenta el País, presentando un alza de 443 casos.

Foreclosure o ejecución hipotecaria es el proceso legal usado por bancos para confiscar y vender una propiedad hipotecada en riesgo a causa de pagos atrasados.

El representante popular César Hernández Alfonzo presentó ayer una pieza legislativa que podría ser considerada por algunos como ese “salvavidas” para evitar que familias pierdan sus hogares.

La medida dispone exigir a los acreedores de un préstamo hipotecario en mora ofrecerle al deudor la alternativa de loss mitigation antes de  iniciar cualquier proceso legal que pueda culminar en una demanda de cobro de dinero.

Sin embargo,   el comisionado de Instituciones Financieras mostró reservas con la propuesta, ya que pondría en riesgo la liquidez de la  cartera hipotecaria de las instituciones.

“Hay que establecer que los bancos  lo que manejan son los depósitos de esos ciudadanos y eso se cuida permitiendo que hagan unas gestiones de cobro para poder proteger a los depositantes”, detalló Blanco Latorre, quien sí cree pertinente  establecer unas fechas límites para que el deudor  entregue los documentos necesarios   para   el proceso de mitigación.

“Si se les amarra las manos pones en riesgo la solvencia y liquidez de la institución financiera”, dijo.

Al cierre de esta edición, la  Asociación de Bancos no  había presentado su postura sobre la pieza legislativa.

El proyecto de la Cámara  2803  busca crear la “Ley de Ayuda al Deudor Hipotecario”,   establecería  que el acreedor no pueda radicar un proceso legal de cobro de dinero una vez reciba una solicitud de mitigación, independientemente el tiempo que haya transcurrido sin que el deudor haya hecho algún pago.

Legislación similar, dijo Hernández Alfonzo, se puso en vigor en  los estados de California,  Nevada y Minnesota.

El programa de mitigación de daños está diseñado para prevenir y reducir los préstamos en atrasos mediante alternativas de pago.

El 40% de los préstamos concedidos por los bancos son hipotecarios.

La delincuencia en Puerto Rico en el pago de préstamos hipotecarios es de un 14.25%; en los Estados Unidos es de apenas un 6%.

La medida, explicó el legislador, surge luego de recibir varias denuncias de  deudores que, a pesar de encontrarse en medio de un proceso de mitigación de daños, eran demandados por la institución bancaria.

Esta práctica es conocida como dual tracking y está prohibida a nivel federal por el Reglamento X del “Real Estate Settlement Procedures Act”, mediante el cual se impone a los administradores de préstamos hipotecarios la obligación de proveer a los deudores opciones de mitigación  al recibo de una solicitud debidamente completada.

Aunque el mencionado reglamento atiende lo que en esencia pretende la pieza legislativa,  Hernández Alfonzo le ve dos trabas al estatuto: que el término ‘completar’ es muy amplio y que esa solicitud hay que presentarla ante el Consumer Financial Protection Bureau, entidad federal cuyos procedimientos se realizan en inglés.

“Es una gran ayuda ya que es una herramienta adicional que tienen los consumidores para cumplir con sus obligaciones”, establece la medida.

A base de cifras de la OCIF, a diciembre de 2015 había 20,150 casos de hipotecas en ejecución y 57,568 presentaban atrasos que van desde 30 hasta 90 días.

“Entre casos en atrasos y en proceso de ejecución estamos hablando de 77,718”, sostuvo.

Aparte de los casos que están en alguna etapa del proceso de ejecución, hay otros 30,000  que están en un limbo.

Se trata de casos que no se han referido a ejecución, que los dueños se acogieron a quiebra o que han sido clasificados por los bancos pero aun no han tomado acción al respecto.

Del total de hipotecas en demora,  20,960 presentan atrasos de 30 días, 9,136 de 60 días y 27,472 de 90 días.

“La cantidad de unidades en ejecución ha ido creciendo. Lleva tres años reflejando aumento”, dijo  Hernández Alfonzo.

Cuando el atraso alcanza los 120 días debería estar en un proceso de ejecución legal, agotados todos los esfuerzos de la institución bancaria por cobrar el dinero y haberle dado al cliente alguna alternativa de pago.

doble carga.  Además de la presión emocional  que trae consigo el enfrentarse a una demanda,  se suma la contratación de un representante legal, lo que conlleva una carga económica adicional  que estas familias no pueden costear.

Mientras, tomar la determinación de enfrentar el proceso sin el apoyo legal  necesario podría desembocar en una determinación adversa y totalmente desinformada.

“Tenemos muchas cosas positivas que podemos sacar de este proyecto para darle más transparencia a este mercado. De entrada, lo vemos como un proyecto de justicia a la gente”, insistió el legislador.

Blanco Latorre reconoció que las alternativas que tienen los propietarios para evitar una ejecución hipotecaria son largos y resultan tediosos debido a la cantidad de información que hay que someter a la institución para lograr su aprobación.

Para un  individuo sin el conocimiento y el apoyo legal necesario, el proceso puede resultar frustrante.

nueva oportunidad.  En diciembre de 2014, el gobernador Alejandro García Padilla vetó un proyecto muy similar, también de la autoría de  Hernández Alfonzo.

La nueva medida, sin embargo,  deja intactas las leyes sobre mitigación y mediación, un proceso al que los deudores tienen acceso como vía para salvar su propiedad.

“No sé por qué recibió el veto del Gobernador. Podemos especular sobre las razones pero, en esta ocasión,  hemos hechos estudios,  y la hemos atemperado para que sea viable”,  sostuvo.

La medida dispone igualmente que  en los casos que se haya iniciado un proceso legal de cobro de dinero y ejecución hipotecaria, y el deudor desee auscultar la alternativa de mitigación de daños, el proceso legal deberá detenerse mientras se culmina el proceso de cualificación y se le informa  la determinación.

“Estamos poniendo  en riesgo a los bancos. Creo que a la gente hay que darle las herramientas y creo que el banco está también en la tónica de hacer todo lo posible para que mantenga su hogar, porque quedarse con una propiedad reposeída es bien costoso”, insistió Blanco Latorre.

Alegó además que la pieza legislativa, tal y como está redactada, puede tener  un efecto adverso en aquellas parejas jóvenes que quieran comprar su primer hogar.

“El impacto puede ser que se caiga el financiamiento de hogares y se les haga más difícil tener una primera propiedad”, planteó.

Hernández Alfonzo sostuvo que  habló con el Rafael “Tatito” Hernández, presidente de la Comisión cameral de Hacienda, y que  el ambiente es de atender la medida lo antes posible.