La Junta Federal de Control Fiscal está alegando ante el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico que la Constitución del Estado Libre Asociado permite emitir deuda para fines de financiar déficit, un punto que invalida el argumento esbozado por la extinta Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público de que hay $30 mil millones de deuda ilegal.
El representante del gobernador ante la junta, Elías Sánchez, discrepó con la premisa que utilizó la junta, aunque reconoció que la postura del ente se basó en la única opinión de Justicia que existe sobre el tema. “No coincido con esa apreciación porque eso no lo dice la Constitución. Eso fue a base de una opinión de un secretario de Justicia en 1974… a base de eso es que se ha hecho (financiar déficit) históricamente”, comentó Sánchez a EL VOCERO.
Al pedir la protección del código de quiebra, la junta postuló que la propia Constitución del ELA es en parte la causante de la crisis fiscal, pues “modificó el requisito del presupuesto balanceado al incluir recursos no recaudados, incluyendo la asistencia federal y los fondos obtenidos a través de la venta de bonos. Esta enmienda abrió la puerta a déficits operativos recurrentes”, lee el documento presentado por las firmas de asesoría legal Proskauer Rose LLP y O’Neill & Borges Lee.
Se trata de la primera expresión pública que hace la junta sobre el reclamo de ilegalidad de la deuda, con el cual invalida el argumento de que existen $30 mil millones de deuda emitidos ilegalmente, según un informe preliminar de la extinta Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público.
El argumento que utilizó el ente territorial se basa en una opinión legal del ex-secretario de Justicia, Francisco de Jesús Schuck, cuando en 1974 es consultado sobre si se podía utilizar un préstamo respaldado por unas cuentas a cobrar que obraban en los libros del Departamento de Hacienda para balancear el presupuesto.
Sin embargo, economistas como el profesor Carlos Colón de Armas han planteado que esa opinión está errada, pues la Constitución exige claramente un presupuesto balanceado. La Constitución del ELA establece que “las asignaciones no podrán exceder de los recursos totales, a menos que se provea por ley para la imposición de contribuciones suficientes para cubrir dichas asignaciones”.
“Eso es incorrecto (la opinión de la junta). La Constitución dice que si los gastos exceden los ingresos, el presupuesto tiene que venir acompañado de medidas para allegar más ingresos”, coincidió el decano de la Facultad de la Administración de Empresas del recinto de Río Piedras de la UPR, José González Taboada. El CPA contó que la opinión del secretario de Justicia ocurre cuando al exgobernador Rafael Hernández Colón se le cuestionó durante su primer cuatrienio que estuviera tomando prestado para cuadrar el presupuesto.
Similarmente, Colón de Armas analizó para la Revista Jurídica de UPR que el gobierno abandonó las normas de sana administración pública “a base de la presión y la conveniencia del momento”.
Culpa compartida
La junta reconoció, además, que el problema de la crisis fiscal de Puerto Rico no se debe meramente a uno de mala administración -como señalaban los congresistas estadounidenses-, sino a políticas federales adoptadas durante el último siglo para promover el endeudamiento de su territorio: desde la Ley Jones de 1917, el gobierno dio triple exención a los bonos de Puerto Rico.
Contrariados con la auditoría
La interpretación que ha hecho la junta sobre el límite constitucional de la deuda es contraria a la que planteaba el primer informe de muestreo de la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público, entidad que el gobernador Ricardo Rosselló eliminó mediante ley.
Estimados preliminares de la extinta comisión señalaban que la Isla ha emitido al menos $30 mil millones de deuda para financiar déficits gubernamentales en los últimos diez años, aunque esta práctica pudo haber iniciado desde 1979.
El criterio de la comisión para evaluar la constitucionalidad de la deuda se basa en tres premisas: no se puede emitir deuda para balancear el presupuesto o esconder déficit presupuestario; la madurez o vencimiento de los bonos no debe exceder 30 años; y las obligaciones no deben exceder el 15% de los recaudos.
El reclamo popular por la auditoría ha ido creciendo al convertirse en una de las condiciones principales del movimiento estudiantil para levantar la huelga y tras la marcha de decenas de miles de personas, quienes ocuparon Hato Rey durante el 1 de mayo.
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