La decisión en perspectiva: Roe vs Wade Por Mario Ramos

La decisión en perspectiva

Caso de aborto Roe v. Wade

La decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos sobre el aborto, donde derrota la doctrina de Roe vs. Wade establecida en 1973, ha puesto a los estados en la vitrina política y constitucional de la nación. La soberanía estatal entra otra vez en escena. La acción de abortar no se elimina, solo que la mayoría de los jueces ha dicho que la constitución nada dice sobre ello, por lo que los gobiernos estatales son ahora los que tienen el poder de permitirlo abiertamente, con condiciones o prohibirlo, como lo es en Texas.

La mayoría de la alta curia nacional fueron nombrados por presidentes republicanos. Son jueces cuya filosofía jurídica no es per se conservadora, pues en 1954 Brown vs. Board of Education, que declaró inconstitucional la segregación racial en las escuelas, por lo menos dos jueces fueron nombrados por el presidente Eisenhower. La decisión fue 8 a 0.

Es el textualismo la filosofía jurídica adoptada por los jueces de la mayoría. Esta doctrina se basa en que lo escrito en la Constitución es lo que prevalece en la interpretación y aplicación de las cláusulas constitucionales. Antonin Scalia, uno de los principales exponentes de esta doctrina, lo resumió magistralmente en una de sus conferencias ante grupos académicos: “[it] is the law that governs, not the intent of the lawgiver.” O sea, la intención de los padres fundadores, como sería el caso de la llamada intención legislativa, no es lo que gobierna el texto legal. Es su letra.

La filosofía de que la ley tiene una letra, una interpretación, una aplicación y un espíritu en cierta manera es un juego semántico ajeno a esta escuela, que también se le ha llamado originalista, y que contrasta marcadamente con la otra escuela que practica el “activismo judicial”. Esta entiende que la constitución es un documento vivo, como se vio en Griswold v. Connecticut que declaró inconstitucional, por violar el derecho a la privacidad, una ley del estado que prohibía la venta de pastillas anticonceptivas. Con prosa que prueba que la poesía jurídica existe, el juez Douglas manifestó: “The Bill of Rights have penumbras, formed by emanations from those guarantees that help give them life and substance. Various guarantees create zones of privacy”.

De la concurrente del juez Clarence Thomas, el segundo juez negro y, distinto al primero, conservador, se desprende que las decisiones de Lawrence vs. Texas, que declaró una ley antisodomía inconstitucional porque violaba el derecho de intimidad, y Obergefell vs. Hodges que estableció que el matrimonio es un derecho fundamental, deberían sus doctrinas eventualmente eliminarse por ser contrarias al texto de la constitución: “In future cases, we should reconsider all of this Court’s substantive due process precedents, including Griswold, Lawrence, and Obergefell”.

Históricamente, los jueces conservadores son muy celosos con las enmiendas primera, segunda y décima. Texas vs. Johnson, caso que declaró que la quema de la bandera está protegida por la Constitución por ser una expresión política, es un ejemplo de ello. Eso se vio a finales de la década de los ochenta y principios de los noventa con una serie de casos que atendió el supremo federal.

De hecho, hace unos días, en Kennedy v. Bremerton School District, decidió que es inconstitucional despedir a un dirigente de football de una escuela pública por arrodillarse a rezar al final de cada juego: “Both the Free Exercise and Free Speech Clauses of the First Amendment protect expressions like Mr. Kennedy’s”.

En los estados se ha dado un fenómeno en los últimos años de administraciones republicanas retar lo que administraciones demócratas a nivel federal han establecido respecto al control de armas y el inmiscuirse, en ocasiones, en los asuntos internos de los gobiernos estatales como acción violatoria de su soberanía. Se le ha llamado la doctrina de la nulificación, que declara que leyes federales injustas no aplicarán en el estado. Una acción que viola la cláusula de supremacía.

Los jueces de filosofía textualista son muy dados a respetar y hacer valer las libertades escritas en la Carta de Derechos de la Constitución de los Estados Unidos. Sucede mucho con los grupos conservadores que rechazan la intromisión del gobierno en su vida.

Ahora bien, este caso tiene repercusiones directas en Puerto Rico, pues como dijo el analista Iván Rivera, el proyecto de la senadora Joanne Rodríguez Veve ahora es uno liberal. Lo que nos lleva a pensar si los opositores lo apoyarán ahora. En todo caso el resultado neto favoreció políticamente a Proyecto Dignidad y pone contra la pared a los opositores.

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Mario Ramos Méndez

Mario Ramos, Historiador

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