LA LUCHA POR LA ESTADIDAD SIGUE. VAMOS ADELANTE SIN TREGUA. ¡AYUDANOS!

LA LUCHA POR LA ESTADIDAD SIGUE. VAMOS ADELANTE SIN TREGUA. ¡AYUDANOS!

 Hola Amigos:

Ante las manifestaciones del senador Joe Manchin, otros senadores y representantes respecto a que el proyecto de  un plebiscito para determinar el estatus de Puerto Rico no será considerado ni aprobado en el próximo senado, los amigos licenciados Gregorio Igartua, Héctor Ramos Andrés Córdova y este servidor nos tomamos la iniciativa de producir el siguiente documento para continuar sin interrupción la lucha por la igualdad que nos provee la estadidad mediante un primer paso consistente en eliminar el concepto de territorio no incorporado y sustituirlo por territorio incorporado que nos coloca irreversiblemente en la ruta hacia la estadidad.

Este documento lo queremos publicar en una página completa en los periódicos Nuevo Día y Primera Hora a un costo de $6,000.00. Luego de publicarse lo traduciremos y enviaremos a todos los congresistas.

Por este medio solicitamos tu colaboración económica para publicarlo lo antes posible.

Entre otras opciones, puedes enviarnos a cualquiera de los amigos un cheque CASH con la cantidad que puedas que diga abajo para publicación de anuncio. Una vez tengamos la cantidad requerida enviaremos el monto al periódico. Muchas gracias por su importante aportación.

J M Saldana

A continuación, nuestras direcciones de correos:

Dr. Jose M. Saldana 

Suite 108 Oficina Dental Paseos 

Galería Paseos, 100 Gran Bulevar Paseos 

San Juan, PR 00926

Tel. (787) 649-4494

Puedes enviar tu contribución a ATH Movil al # 787- 810-2329 del compañero profesor Humberto Malavé

Documento para publicar en una página del periódico el Nuevo Dia Y Primera Hora:

DESCARTEMOS DE UNA VEZ Y POR TODAS EL TERRITORIO NO INCORPORADO

 

ACONTECIMIENTOS RELEVANTES EN NUESTRA HISTORIA POLÍTICA. 

·     Hasta principios del siglo 20, todas las posesiones adquiridas por los Estados Unidos pasaban a ser territorios incorporados, según la Ordenanza del Noroeste, o sea, estaban en ruta a convertirse en un estado de la unión.

 

·     En 1898, como resultado del Tratado de París, tras la Guerra Hispano- americana, España le cedió Puerto Rico a los Estados Unidos.

 

 ·     En 1901 el Congreso promulgó la Ley Foraker, para establecer en Puerto Rico un gobierno popular republicano limitado y una asamblea legislativa electa. La isla estaría dirigida por un gobernador y un Consejo Ejecutivo nombrados por el Presidente. 

 

LOS CASOS INSULARES: PERTENECEMOS A PERO NO SOMOS PARTE DE.

·     Entre 1901 y 1922 el Tribunal Supremo de EEUU, determinó que, para fines de la Cláusula de Uniformidad de la Constitución, Puerto Rico no era parte de Estados Unidos. “Pertenecíamos a pero no éramos parte de” la nación americana.  Se trata de los famosos Casos Insulares.

 

·     El juez White, en su opinión concurrente, estableció el concepto de “no incorporación”- criterio no existente en la Constitución – cuando opinó que el Congreso tiene discre­ción para decidir si se incorporaba o no un territorio a los Estados Unidos, y cuándo. Por lo tanto, concluyó que la Constitución y Carta de Derechos de Estados Unidos no se aplicaban íntegramente a la isla.  Así se nos impuso el estatus de territorio no incorporado. 

·     En 1917 con la Ley Jones, el Congreso de Estados Unidos le otorgó la ciudadanía estadounidense a los nacidos en Puerto Rico y dispuso para un Senado y una Cámara de Representantes electos.

·     En Balzac vs. Porto Rico (1922) el TS declaró que había una segunda clase de ciudadanos americanos que, a pesar de haber nacido americanos, no podían disfrutar de los mismos derechos constitucionales de los demás ciudadanos por haber nacido en el territorio no incorporado.  Esto a pesar de la opinión disidente del Juez John Marshall Harlan, que advirtio que “ese estatus en forma indefinida, crearía un sistema colonial horrendo y extraño a los principios constitucionales de igualdad”.

·     Tanto la Ley Foraker como la Ley Jones estipularon que las leyes federales de Estados Unidos se debían aplicar en general a la isla en virtud del poder del Congreso sobre los territorios, según el Artículo IV de la Constitución federal que dispone que el Congreso «tiene el poder

de dictar las reglas y normas respecto del territorio y otra propiedad que le pertenezca». Tristemente claro.

 

CAMBIOS AUTORIZADOS POR EL CONGRESO.

·     Por décadas se llevaron a cabo eventos importantes en el desarrollo político de nuestro pueblo como la designación en 1946 por el Presidente Truman, del primer gobernador puertorriqueño, Jesús T. Piñero.  En el 1947, el presidente promulgó la Ley de Gobernadores Electos que por primera vez autorizó al pueblo puertorriqueño a elegir a su propio gobernador, lo cual ocurrió en 1948 con Luis Muñoz Marín.

 

·     En 1950, del Congreso promulgó la Ley de Relaciones Federales autorizando a Puerto Rico a redactar su propia constitución -al igual que los estados- “sobre asuntos de incumbencia puramente local”, por medio de una Asamblea Constituyente, para abordar dos elementos claves: primero, se requería que los constituyentes establecieran un gobierno representativo, y segundo, el proyecto de constitución debía incluir una carta de derechos.

 

·     La Asamblea redactó la constitución ratificada por el pueblo de Puerto Rico el 3 de marzo de 1952. Fue aprobada sub­siguientemente, sujeta a condiciones, por el Congreso y firmada por el presidente Truman.

·     El gobernador Luis Muñoz Marín promulgó la Constitución el 25 de julio de 1952 (conocido como “el Día de la Constitución” de Puerto Rico). Este proceso, aprobado por el pueblo puertorriqueño en un referéndum, adoptó nuestra Constitución y mediante una Resolución separada, le dio el nombre de “Estado Libre Asociado de Puerto Rico” (“Commonwealth of Puerto Rico”) a la estructura gubernamental interna cuyo estatus político territorial no ha cambiado.

·     Las relaciones actuales entre Puerto Rico y Estados Unidos las continúa definiendo la Constitución de Estados Unidos y la Ley de Relaciones Federales. Los asuntos de gobierno, tales como moneda, defensa, relaciones exteriores y comercio interestatal, están bajo la jurisdicción del gobierno federal.  El gobierno local está a cargo de un gobernador y una legislatura bicameral elegidos por voto popular. Puerto Rico está representado en el Congreso de Estados Unidos por un Comisionado Residente, elegido por el pueblo cada cuatro (4) años y es un miembro sin voto de la Cámara de Representantes. La política expresada por el poder ejecutivo federal desde hace mucho tiempo es que el estatus de Puerto Rico debe ser determinado por el pueblo puertorriqueño. Pero tal posición no lo exime de responsabilidad política sobre el territorio. A la vez, si el pueblo puertorriqueño opta por un cambio de estatus, tal decisión necesitaría ser acogida e implementada por medio de legislación aprobada por el Congreso y promulgada por el Presidente.

·     Eventos subsiguientes de la Corte Suprema crearon un marco para determinar, caso por caso, cuáles cláusulas constitucionales y leyes federales se aplicaban a territorios no incorporado, subrayando así que, no tenemos la igual protección de los derechos que la Constitución de los Estados Unidos provee a sus ciudadanos. 

LA CONDICIÓN TERRITORIAL AL DESNUDO

·     Los tiempos han cambiado y los Estados Unidos no deben mantener territorios indefinidamente. Durante el 2016 surge lo que se sabía que eventualmente ocurriría, la monumental quiebra del gobierno isleño por más de $75 billones y la pérdida total del crédito en los mercados de valores. Todo ello por la irresponsabilidad de algunos gobernantes que gastaron más allá de nuestra capacidad de producir y de pago.

 

·     El año 2017 fue nefasto para el actual estatus. Los tres poderes del gobierno federal, ejecutivo, legislativo y judicial nos señalaron crudamente, la realidad de que, a pesar de todos los pujos de autonomismo que nos señalaron por 60 años líderes locales, continuamos siendo un territorio no incorporado bajo los poderes plenarios del congreso.

 

·     El Departamento de Justicia federal ha señalado, desde antes del plebiscito de junio del 2017, que somos un territorio no incorporado bajo los poderes plenarios del Congreso y que la Libre Asociación es claramente la Independencia. Igual lo ha expresado el Congressional Research Service y varios comités congresionales.

 

·     El Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Sánchez Valle resolvió que Puerto Rico no tiene soberanía propia para basar su poder de establecer procesos penales pues es una delegación del Congreso. Peor aún, con la ley PROMESA el Congreso de los Estados Unidos, ejerciendo los poderes plenipotenciarios sobre este llamado territorio no incorporado, le confiere a la creada Junta de Supervisión Fiscal las facultades necesarias, en última instancia, independientemente de las leyes y la constitución del territorio, para forzar sacarnos de la crisis económica y fiscal en la que nos hemos metido.

 

 ·     En septiembre del pasado año 2017, el huracán María devastó totalmente la isla. Esta calamidad agravó la monumental quiebra gubernamental y la total ausencia de crédito en los mercados financieros. La crisis social no se hizo esperar. La enorme ayuda billonaria del gobierno federal – por ser ciudadanos americanos – para lidiar con la crisis, comenzó a fluir, aunque no con la velocidad necesaria, para evitar lo que de otra forma sería una severa crisis humanitaria.

 

OTRO PLEBISCITO

·     El jueves 15 de diciembre de 2022, la Cámara de Representantes federal aprobó el HR 8393, que ordenó la celebración de un quinto plebiscito, este último ratificado federalmente para que los ciudadanos de Puerto Rico determináramos el estatus político de la isla entre Estadidad, Independencia o Libre Asociación.  El mismo fue aprobado con 233 votos a favor y 191 en contra.

 

·     Poco antes de la consideración del proyecto el Presidente de Estados Unidos, Joe Biden, apoyó la aprobación del proyecto señalando que “Durante demasiado tiempo, los residentes de Puerto Rico -más de 3 millones de ciudadanos estadounidenses- se han visto privados de la oportunidad de determinar su propio futuro político y no han recibido todos los derechos y beneficios de su ciudadanía por residir en un territorio estadounidense. El H.R. 8393 daría un paso histórico para corregir este error”, indicó.

 

·     Aunque la legislación fue aprobada en la Cámara baja, el propio líder de la mayoría demócrata, Steny Hoyer (Maryland), quien lo impulsara en la Cámara, reconoció que no había posibilidad alguna de aprobar esa legislación en el Senado.

 

·     Como vemos, el Senado federal no habrá de considerar el proyecto aprobado por la Cámara ya que en ese cuerpo los republicanos han expresado oponerse por diversas razones que van desde prejuicio, desinformación hasta temor de que Puerto Rico se convierta en un estado demócrata. Tal posición ha sido influenciada por cabilderos de intereses económicos que se benefician de que Puerto Rico sea tratado como una jurisdicción extranjera, para propósitos contributivos. Se necesitarían 60 votos republicanos en el Senado para ser considerado y aprobado el proyecto, cosa que es imposible con la actual composición del Senado.

 

·     En consecuencia, después de 124 años de tener un estatus territorial indigno y discriminatorio, los puertorriqueños continuamos resbalando en el lodo territorial, sin tomar una decisión de forma clara y contundente en una consulta que vincule al Congreso con la solución final que escojamos.

 

PUERTO RICO, TERRITORIO INCORPORADO AHORA

Los que creemos en la democracia liberal americana, la libertad económica y los derechos de los ciudadanos, no podemos – no debemos – asumir una actitud pasiva. Tenemos que unirnos y disponernos a actuar. 

La opción inmediata, ante esta situación que hace imprescindible terminar con el actual status limitante y denigrante, es insistir en que el Congreso le ponga fin a la jurisprudencia racista que inventó un status territorial llamado «no incorporado» y que mediante una Resolución Congresional termine con dicho status y nos reconozca como territorio incorporado.

El Congreso debe ejercer su autoridad constitucional sobre los territorios según lo dispone la Constitución. Y nosotros debemos de organizarnos y activarnos para conseguirlo.

El Congresista Raúl Grijalva, que se ha expresado sobre la necesidad de descartar por el gobierno federal la jurisprudencia sobre los casos insulares, que creó el estatus de territorio no incorporado, tiene ahora la oportunidad de presentar legislación a esos efectos. Si así piensa que actúe.

Sostenemos que la solución final para Puerto Rico constituye evolucionar hacia un territorio incorporado a Estados Unidos, como paso fundamental a la igualdad política, precursora de la Estadidad. 

 

 

AFIRMEMOS PARA PUERTO RICO EL TERRITORIO INCORPORADO YA. 

Para trabajar por la Estadidad: https://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/

You must be logged in to post a comment Login

Para trabajar por la Estadidad: https://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/
Para trabajar por la Estadidad: https://estado51prusa.com Seminarios-pnp.com https://twitter.com/EstadoPRUSA https://www.facebook.com/EstadoPRUSA/