El Tribunal Supremo validó el referéndum del próximo 19 agosto, al desestimar la demanda del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) contra el Gobierno.
La decisión fue divida, 5 a 4.
Los jueces asociados Liana Fiol Matta, Anabelle Rodríguez y Luis Estrella, y el juez presidente Federico Hernández Denton votaron en contra.
El PIP impugnó la consulta basándose en la jurisprudencia establecida por el caso Berríos vs. Rosselló en 1994 que establece que no se pueden atender más de tres asuntos en una consulta sobre enmiendas a la Constitución.
La parte demandante insistió en que la consulta es inconstitucional porque en un referéndum solo se permite consultar tres asuntos y el próximo 19 de agosto se presentará al electorado nueve asuntos relacionados a la reforma legislativa más la enmienda para limitar el derecho a la fianza.
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