Supremo federal revisará la Quiebra Criolla – Amarrará a PR a USA???

Supremo federal revisará la Quiebra Criolla

El Tribunal Federal de Apelaciones para el Primer Circuito de Boston declaró inconstitucional la Ley de Quiebra Criolla
MALLETE23

Por Yennifer Álvarez Jaimes, EL VOCERO

El Tribunal Supremo de Estados Unidos acogió la petición de ‘Certiorari’ presentada por el Gobierno de Puerto Rico en el caso en el que el Tribunal Federal de Apelaciones para el Primer Circuito de Boston declaró inconstitucional la Ley de Quiebra Criolla.

La decisión fue notificada hoy luego que, tal y como publicó EL VOCERO, el Tribunal Supremo se reunió el 24 de noviembre y discutió este caso pero, contrario a lo acostumbrado, no hubo una expresión sobre si se revisaría la constitucionalidad de este estatuto.

El ‘Certiorari’ es un recurso de naturaleza discrecional.

Se concedió además la solicitud de amigo de la corte presentada por la Fundación Ángel Ramos, Inc.
Se concedió además un hora para argumentación.

El juez Samuel Alito no tomó parte a la hora de la consideración ni la decisión se informa.

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El Departamento de Justicia de Puerto Rico radicó el pasado mes de agosto este recurso legal para solicitarle al Tribunal Supremo de Estados Unidos que declare constitucionalmente válida la ley que permitiría que las corporaciones públicas de la Isla reestructuren sus deudas.

El ‘Certiorari’ fue presentado luego que el Tribunal de Distrito en Puerto Rico y el Primer Circuito de Boston declararon inconstitucional la Ley 71 de 2014 para el Cumplimento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas de Puerto Rico.

Con este estatuto, el Gobierno reitera la necesidad de que las corporaciones públicas puedan reestructurar sus deudas, al tiempo que garanticen la prestación de servicios básicos a la ciudadanía.

El secretario de Justicia, César Miranda, dijo en ese momento que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos debe acoger nuestra petición para que se reconozca la facultad de Puerto Rico de legislar una reestructuración fiscal en las corporaciones públicas.

El pleito comenzó con una demanda incoada en junio de 2014 por bonistas de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) en el Tribunal Federal de distrito en San Juan. El juez Francisco Besosa declaró en febrero pasado la inconstitucionalidad de la Ley 71 y emitió un interdicto prohibiendo la puesta en vigor del estatuto.

Ante ello, el ELA recurrió ante el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston, el cual sostuvo la decisión de inconstitucionalidad mediante decisión emitida el 7 de julio del corriente en la que decidió que la sección 903(1) del Capítulo 9 del Código Federal de Quiebras ocupa el campo jurídico, lo que le impide a Puerto Rico aprobar legislación para reestructurar la deuda de sus corporaciones. El tribunal también interpretó que el Congreso federal se reservó el derecho de enmendar el Capítulo 9 para incluir a Puerto Rico.Yennifer Álvarez Jaimes, EL VOCERO

Graduada de la Escuela de Comunicación de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras con una década de experiencia como periodista en prensa escrita, radio y televisión.

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