Un triunfo cultural para todos – Por Mario Ramos – Historiador

OPINIÓN

Un triunfo cultural para todos

Casa Aboy
Evento en la Casa Aboy, en Miramar.Archivo / EL VOCERO

Hace escasamente diez días, el Tribunal de Primera Instancia sala de San Juan decidió un importante caso que incide directamente sobre nuestro mundo cultural. Se trata de Carmen Margarita Aboy et al v. Casa Aboy, Inc. Mediante los remedios de sentencia declaratoria e injunction preliminar y permanente iniciaron demanda en junio de 2016, para “obligar a la parte demandada dar cumplimiento con ciertos deberes relacionados con el mantenimiento y preservación de una estructura ubicada en el sector de Miramar en San Juan, y que es conocida comúnmente como la Casa Aboy. Y, como injunction permanente, “la parte demandante reclamó la destitución de todos los miembros de la Junta de Directores por estos incumplir con sus deberes administrativos”.

La Casa Aboy es una estructura construida a principios del siglo XX, usada por muchos años como residencia familiar por la familia Aboy y que, luego que los dueños no pudieran costear el mantenimiento de la propiedad, pasó a formar parte de los bienes patrimoniales del gobierno de Puerto Rico, mediante expropiación efectuada en 1989. Actualmente la Administración de Terrenos tiene la nuda propiedad de la estructura que —por su arquitectura e historia— tiene un alto valor como uno de los múltiples patrimonios culturales que tienen los puertorriqueños.

Es a finales de la década del setenta y principios de la del ochenta que la Casa Aboy se convierte en “uno de los principales centros culturales de Puerto Rico”. Siendo sede durante esos años de casi cuarenta organizaciones culturales, allí se efectuaban exposiciones fotográficas, talleres de cine, eventos musicales, actividades para los niños y presentaciones de libros, entre otras. Junto a actividades celebradas en el Colegio de Abogados y los cines que quedan a dos cuadras del lugar, con los restaurantes como complemento, convertían a la histórica zona de Miramar en un centro de continua actividad cultural. Incidiendo, tal vez, en el valor de la propiedad en la zona.

La Casa Aboy Inc., como corporación sin fines de lucro, se incorpora en el Departamento de Estado de Puerto Rico el 2 de marzo de 1978, y desde entonces se rige por una junta de directores. Es por eso que en 1991 la Administración de Terrenos “cedió la casa en alquiler a Casa Aboy, Inc.”, que tiene la responsabilidad de preservar la propiedad, protegerla y cuidarla como un buen padre de familia. O sea, “darle mantenimiento físico a la estructura histórica, administrarla para darle vida y presencia programática como organismo cultural”.

Por otro lado, la Casa Aboy, para orgullo de todos los puertorriqueños, fue declarada Monumento Histórico Nacional en el año 1989, “siendo además incluida en el ‘National Register of Historic Sites” del gobierno federal (sic) de los Estados Unidos”. Esto es un legado que la familia Aboy le ha dejado al pueblo de Puerto Rico para su uso y disfrute, y para la reafirmación y defensa de sus valores históricos y culturales.

El tribunal, por voz de la jueza Lauracelis Roques Arroyo, decidió que la Junta de Directores estuvo largo tiempo en violación de leyes y reglamentos, y del contrato con el gobierno, con los cuales estaba obligada a cumplir. Una “acumulación de cánones de arrendamiento adeudados a la Administración de Terrenos puso en peligro el destino asignado a la estructura”. El mantener cerrada la estructura, no abrirla al público —según obligan la ley y el reglamento de la corporación— fueron violaciones constantes que incidieron en la queja de los familiares y de los defensores de este acervo arquitectónico e histórico-cultural.

Una junta de directores de una corporación, como lo es Casa Aboy, Inc., tiene una responsabilidad primaria de proteger aquello bajo su cuidado, mucho más si se trata de un bien patrimonial público como lo es esta casa ubicada en la avenida Ponce de León, en Miramar. Por eso, como afirmó la jueza, esa responsabilidad les aplica en dos niveles: “La parte demandada tiene una exigencia de diligencia en la administración, protección y desarrollo de la Casa Aboy en general, así como un deber de fiducia hacia la entidad corporativa encargada de esa misión en particular”.

Con este caso, los tribunales se reafirman como protectores —no solo de las reservas naturales siempre en precario y asediados por el desarrollismo desenfrenado, como se decidió hace poco por el Tribunal Supremo— sino del acervo cultural puertorriqueño, que además de la literatura e historia, como parte de sus componentes incluye lugares de alto valor arquitectónico como lo es la Casa Aboy. Creo que los mejores defensores, y tal vez los únicos, contra los depredadores de los bienes patrimoniales nuestros están hoy día en los tribunales de Puerto Rico.

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Mario Ramos

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