Corte Declara inconstitucional negar a residentes en la Isla beneficios programas federales

Declara inconstitucional negar a residentes en la Isla beneficios programas federales

Los programas son Seguridad Ingreso Suplementario, Asistencia Nutricional Suplementaria y subsidios Medicare

Tribunal Federal
Archivo / EL VOCERO

El juez federal  William Young, declaró inconstitucional el que se le nieguen los beneficios a ciudadanos americanos residentes en la Isla en los programas federales Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), Asistencia Nutricional Suplementario (SNAP), y a subsidios por bajos ingresos (LIS), de la Parte D de Medicare, que cubre medicamentos recetados.

“Este tribunal, aguado en gran parte por una reciente decisión del Primer Circuito de Apelaciones no está de acuerdo con el gobierno”, afirmó  Young.

El juez no acogió los argumentos del Departamento de Justicia estadounidense de que los residentes en la Isla no debían tener acceso a los referidos programas por no pagar contribuciones federales sobre ingresos, el costo para el Tesoro federal y porque pudiera provocar problemas en la economía de Puerto Rico.

El año pasado un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito con sede en Boston, confirmó la orden del juez federal Gustavo Gelpí, quien determinó que Luis Vaello Madero, no tiene que devolver los $28 mil del Programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SIS), del Seguro Social luego de haberse mudado de Nueva York a Puerto Rico en donde los ciudadanos americanos no reciben los beneficios de ese plan.

La orden del Circuito solo aplicaba a Vaello Madero. No obstante, ese foro crea un precedente, ya que ahora cualquier persona que cualifique puede exigirlo y acudir al Tribunal Federal en caso de ser necesario.

«La exclusión categórica de los residentes de Puerto Rico elegibles de SSI no está relacionada racionalmente con un interés legítimo del gobierno.  Además del registro establecido por las partes, hemos considerado incluso razones teóricas concebibles para el trato diferencial concedido por el gobierno.  Al no haber encontrado un conjunto de hechos, ni el apelante alegando ninguna teoría adicional, estableciendo una base racional para la exclusión de los residentes de Puerto Rico de la cobertura de SIS, dicha exclusión de los residentes de Puerto Rico se declara inválida”, reza la orden de los jueces Juan Torruella, Jeffrey Howard y Ojetta Rogeriee Thompson.

mcorrea

Melissa Correa

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