La ciudadanía

OPINIÓN

La ciudadanía

La ciudadanía es un concepto que nos viene de tiempos de Roma. Es una figura que define a la persona en términos jurídicos como un sujeto con derechos y obligaciones en la tierra donde vive. Desde la creación de la Constitución de los Estados Unidos —jalonado luego por la Enmienda XIV— y de la revolución francesa, ser ciudadano es tener un sentido de pertenencia y de identidad a un lugar específico. No tenerla es ser un paria sin protección legal alguna.

Estados Unidos fue la primera nación en la historia en establecer el proceso de naturalización y en los últimos tiempos se ha convertido en recipiente de mujeres turistas embarazadas que van de visita a parir para que sus hijos nazcan ciudadanos americanos. A eso se le ha llamado “Birth Tourism”. (Véase a Peter J. Shapiro, Beyond Citizenship: american identity after globalization).

Desde el siglo XIX muchas personas alrededor del mundo han buscado la protección de los Estados Unidos solicitando su ciudadanía. Eso pasó con el padre de la independencia, Ramón Emeterio Betances, cuando lo despojaron de la española. Emigró a Saint Thomas y en el consulado americano solicitó la americana. Con la mera solicitud recibía una cédula que le acreditaba la protección del gobierno americano para poder viajar libremente por el mundo. (Véase a Andrés Ramos Mattei, Betances en el ciclo revolucionario antillano: 1867-1875).

Según Derek Heater en su excelente libro, What is citizenship?, la ciudadanía implica conectar al individuo con el estado, lo que redunda en libertad y derechos. Lo mismo que plantean los tratadistas españoles del derecho civil, en el sentido que la nacionalidad es el vínculo jurídico de una persona con el estado. Un término que lo han usado como intercambiable con el de ciudadanía. La nacionalidad jurídica es mucho más precisa que la cultural, que es polivalente y sus definiciones e interpretaciones son subjetivas y excluyentes de grupos e individuos.

Hay un consenso entre diferentes teóricos que la ciudadanía es el fundamento para tener derechos. Para el filósofo francés, Etienne Balibar, en su obra Ciudadanía, significa no ser excluido del derecho a luchar por derechos. Para Judith N. Shklar, en American Citizenship: the quest for inclusion, “ciudadanía y derecho al voto son inseparables.” Y la extraordinaria Hannah Arendt, en su libro The Origins of Totalitarism —publicado en 1949—, la define como “the rights to have rights”. Tal parece que dicha frase influyó en el derecho americano, pues Earl Warren la usó en su opinión disidente en Pérez v Brownell: “Citizenship is man’s basic right, for it is nothing less than the right to have rights. Remove this priceless possession and there remains a stateless person, disgraced and degraded in the eyes of his countrymen”.

Para el historiador Frederick Cooper en Citizenship, Inequality and Difference: historical perspectives, la ciudadanía es mucho más dinámica que la religión y la etnicidad, donde las definiciones y perspectivas son diversas y excluyentes, y dependen mucho del acervo cultural de quién define y de su personalidad ideológica; y para T. Alexander Aleinikoff y Douglas Klumsmeyer en Citizenship Today: global perspectives, la ciudadanía es una fuente poderosa de derechos y de identidad, y los derechos culturales de las minorías y de los individuos están protegidos. Igual que los tratadistas españoles con el concepto de nacionalidad, para ambos autores la ciudadanía crea un vínculo del individuo con el estado. Le otorga personalidad jurídica y una inclusión dentro de la sociedad en un plano de igualdad en los derechos.

Sin embargo, nadie le pisa los talones al prestigioso pensador inglés, T.H. Marshall en su extraordinaria obra, Citizenship and Social Class. Entiende que la ciudadanía es una condición que poseen los que son miembros plenos de una comunidad, porque es fundamental para que el ciudadano pueda exigir lo que le corresponde en un plano de igualdad política, lo que no podría hacer quien, sin tener el vínculo de la ciudadanía, trata de reclamar derechos que en realidad no le corresponden. El libro de Marshall ha tenido amplia difusión en el derecho americano y ha sido citado por el Tribunal Supremo nacional.

En nuestra realidad política la ciudadanía americana tiene un alto valor en el pueblo. No es un elemento utilitario, como algunos han querido decir. Al contrario, su valor es simbólico. O sea, es parte consustancial de nuestra personalidad cultural. La expresión “Ciudadano Americano”, solo escuchada en Puerto Rico —como lo ha sugerido Arcadio Díaz Quiñones—, es el mejor ejemplo de ello. Sin embargo, fue Luis Muñoz Marín, con entera convicción, el más grande defensor. Así lo entendió y siempre la reclamó con fuerza y vigor para todos los puertorriqueños.

mramos

Mario Ramos Méndez

Mario Ramos, Historiador

EE.UU. y PR
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