LA BATALLA POR EL FUTURO DE PUERTO RICO – por Christina Duffy Ponsa-Kraus

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por Christina Duffy Ponsa-Kraus
miércoles, 28 de abril de 2021

LA BATALLA POR EL FUTURO DE PUERTO RICO

El futuro de Puerto Rico está en la agenda del Congreso. El 14 de abril, el Comité de Recursos Naturales de la Cámara celebró una vista contenciosa sobre dos proyectos contrapuestos dirigidos a atender el estatus de Puerto Rico. El primero, el “Puerto Rico Statehood Admission Act”, responde a un referéndum celebrado en la isla el pasado noviembre en el cual la estadidad obtuvo el 52.5% de los votos. El mismo provee para la admisión de Puerto Rico como estado de la Unión, pero condiciona la admisión a un segundo referéndum. De prevalecer nuevamente la estadidad, la ley requeriría al Presidente de los Estados Unidos emitir una proclama declarando a Puerto Rico un estado de la Unión dentro de un año de efectuado el voto.

Parece sencillo, pero cuando del estatus de Puerto Rico se trata, nada es sencillo jamás. Un segundo proyecto de ley, el “Puerto Rico Self-Determination Act”, hace caso omiso del referéndum de noviembre en Puerto Rico. En su lugar, reconoce el derecho “inherente” de Puerto Rico a convocar una convención constitucional para determinar su futuro político y expone un plan detallado. El plan es complejo pero, en síntesis, da instrucciones a los delegados a la convención para que “debatan y preparen definiciones de opciones de autodeterminación para Puerto Rico”, junto con “al menos un” plan de transición para cada opción; crea una “Comisión Congresional Bilateral de Negociación” para proveer “consejo y consulta a los delegados” en asuntos tales como cultura e idioma; provee para un referéndum al concluir la convención, entre las opciones que produzca, y requiere que el Congreso apruebe una resolución conjunta ratificando el resultado del referéndum.

Cada proyecto de ley fue presentado por un congresista de ascendencia puertorriqueña con un amplio electorado puertorriqueño en su distritoDarren Soto (D-Fl) presentó el “Admission Act”. Nydia Velázquez (D-NY) presentó el “Self-Determination Act”. El último tiene un grupo de coauspiciadores mayor que el primero, pero el primero tiene el apoyo de Jenniffer González-Colón (R-PR), comisionada residente sin voto de Puerto Rico, quien sirve en la Cámara de Representantes, y del gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, un demócrata. Ambos se oponen enérgicamente al ¨Self-Determination Act”.

¿Por qué dos proyectos de ley contrapuestos? ¿Por qué la alternativa drásticamente diferente a la que apoya la única representante de Puerto Rico en el Congreso? Entender la profunda división que estos proyectos encarnan requiere entender la controversia constitucional que por largo tiempo ha estado al centro del debate sobre el estatus de Puerto Rico—y la crisis de identidad que la impulsa.

Puerto Rico ha sido un territorio de Estados Unidos, sujeto al poder plenario del Congreso bajo la Cláusula Territorial (Art. IV, sec. 3, cl. 2), desde el 1898. Hoy día es uno de cinco: los otros son las Islas Vírgenes Americanas, Guam, la “Commonwealth” de las Islas Marianas del Norte, y Samoa Americana. El estatus territorial es subordinado de dos formas básicas. Primero, los territorios de Estados Unidos están sujetos a la soberanía de Estados Unidos y a las leyes federales, y sus habitantes son ciudadanos de Estados Unidos (o en el caso de Samoa Americana, nacionales de Estados Unidos), pero se les niega representación con voto en el Congreso y el voto presidencial. Segundo, el poder plenario del Congreso según la Cláusula Territorial le otorga control unilateral ilimitado sobre cuánto autogobierno disfrutan los territorios: Lo que el Congreso da, el Congreso puede quitar. En resumen, el estatus territorial es colonial.

Nadie quiere vivir en una colonia. Eso incluye a los puertorriqueños, la mayoría de los cuales rechazan el estatus territorial de la isla. Tienen dos puntos adicionales de consenso: Por una mayoría abrumadora desean asegurar la ciudadanía de Estados Unidos para su posteridad. Y desean mantener alguna forma de unión permanente con los Estados Unidos. Pero ahí termina el consenso. Mientras la mayoría de los puertorriqueños ahora abrazan la estadidad (la cual por supuesto garantizaría tanto la ciudadanía de Estados Unidos como la unión permanente con Estados Unidos), muchos la resisten. Un pequeño pero poderoso segmento de la población se beneficia económicamente del status quo, pero el sentimiento anti-estadista encuentra su voz principalmente entre quienes temen lo que ven como la asimilación total a los Estados Unidos. Esto, entienden, representaría una amenaza existencial a la cultura y el idioma de Puerto Rico—a su identidad como puertorriqueños.

A principio de los años 1950, un grupo de líderes políticos puertorriqueños y sus aliados en Washington diseñaron lo que parecía ser la solución perfecta. Puerto Rico adoptó su propia constitución, así logrando pleno autogobierno local, pero en vez de convertirse en estado, se convirtió en una entidad parecida a un estado conocida como Estado Libre Asociado. Los arquitectos de este novedoso arreglo afirmaron que la isla había dejado de ser un territorio de Estados Unidos, se había convertido en un soberano separado y había entrado en un pacto bilateral recíprocamente obligatorio con Estados Unidos. El pacto, dijeron, significaba que el Congreso ya no tenía control unilateral sobre el autogobierno de Puerto Rico. Argumentaron que el arreglo era superior a otras opciones de descolonización porque preservaba la ciudadanía de Estados Unidos para los puertorriqueños y su posteridad y aseguraba una unión permanente con Estados Unidos, a la vez que simultáneamente protegía la cultura, idioma e identidad puertorriqueña.

El juego de palabras siempre ha tenido un papel enorme en el éxito del estatus de Estado Libre Asociado. El estatuto federal que autorizó a Puerto Rico a adoptar una constitución describió el arreglo con la sugestiva pero engañosa frase “en la naturaleza de un pacto”. La Constitución de Puerto Rico consagró la unión entre Puerto Rico y Estados Unidos en su preámbulo no ejecutable. El nombre oficial de Puerto Rico se convirtió en Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el cual traducido literalmente al inglés significa “Free Associated State of Puerto Rico”, pero su nombre oficial en inglés se convirtió en “Commonwealth of Puerto Rico” porque Puerto Rico no se había convertido en un estado libre asociado bajo la ley internacional según la cual dos soberanos separados entran en un pacto de libre asociación. Para sus defensores, el estatus de “Estado Libre Asociado” llegó a conocerse como “lo mejor de dos mundos”.

No todo el mundo estaba convencido. Críticos de la “teoría del pacto” negaban tanto la existencia como la deseabilidad del pacto. En cuanto a su existencia, argumentaban que el poder del Congreso, aunque plenario, no incluía el poder de unir los Estados Unidos a un territorio excepto admitiéndolo a la Unión como un estado; que aún después de la transición al estatus de “Estado Libre Asociado”, Puerto Rico permaneció un territorio de Estados Unidos sujeto a los poderes de la Cláusula Territorial del Congreso; que lo que el Congreso había dado, el Congreso podía quitar. En cuanto a su deseabilidad, señalaron una falla evidente: aún bajo el supuesto pacto, Puerto Rico todavía estaba sujeto a las leyes federales, pero todavía se le negaba representación con voto en el gobierno federal.

Por casi setenta años los puertorriqueños estuvieron sumidos en este debate sobre no sólo lo que Puerto Rico debería ser, sino lo que era: un soberano separado unido a los Estados Unidos por un pacto, o un territorio de Estados Unidos con un nombre elegante. Para los años 1990, los isleños estaban divididos por el medio, con la mitad apoyando el “Estado Libre Asociado” y la “teoría del pacto” y la otra mitad apoyando la estadidad (mientras la independencia consistentemente obtenía un solo dígito en las encuestas). Década tras década el debate continuaba. Estancados, los puertorriqueños fallaron en ejercer presión efectiva sobre los Estados Unidos para terminar con el estatus territorial. Mientras tanto, los políticos de Estados Unidos desviaban la imperativa de descolonizar a Puerto Rico citando, irónicamente, su respeto por la autodeterminación puertorriqueña.

Y entonces la teoría del pacto se deshizo.

Dos eventos en el 2016 y uno en el 2020 le dieron un golpe mortal. El primero fue la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en Puerto Rico v. Sánchez Valle (2016), la cual resolvió que la Cláusula de Doble Exposición impide procesamientos sucesivos en los tribunales federales y de Puerto Rico porque la isla no es un soberano separado sino un territorio de Estados Unidos. El segundo vino unas semanas después con la creación por el Congreso de la Junta de Supervisión y Administración Fiscal para Puerto Rico (en adelante “Junta de Supervisión”) para manejar la crisis fiscal de la isla. La Junta de Supervisión ejerce poderes significativos sobre el gobierno de Puerto Rico, incluyendo el poder de vetar leyes aprobadas por la legislatura de la isla. En otras palabras, lo que el Congreso había dado, el Congreso quitó. El tercero fue la decisión del Tribunal en Financial Oversight and Management Board v. Aurelius LLC, et al. (2020). Ahí, el Tribunal lo dijo claramente, explicando que Puerto Rico es un territorio de Estados Unidos sujeto al poder plenario del Congreso bajo la Cláusula Territorial, lo cual incluye el poder de crear la Junta de Supervisión.

Sin embargo, la muerte de la teoría del pacto no puso fin al debate sobre el futuro de Puerto Rico. De otra parte, ahora tenemos clara la interrogante constitucional que estaba al centro del debate sobre el estatus: el Congreso no tiene el poder de atar los Estados Unidos a una entidad no estatal excepto admitiéndola como estado. Ahora podemos decir definitivamente que las opciones descolonizadoras de Puerto Rico incluyen la estadidad y la independencia (con o sin un pacto de libre asociación), y eso es todo. De otra parte, aun cuando la mayoría de los defensores del Estado Libre Asociado todavía rechazan la independencia, no pueden convencerse ellos mismos a abrazar la estadidad.

Hace su entrada el “Self-Determination Act”. Pide a los delegados a la convención que definan opciones “fuera de la Cláusula Territorial”, lo cual, a los novatos, no suena objetable sino hasta loable: Todos estamos de acuerdo que el estatus territorial de Puerto Rico tiene que terminar. Pero su objetivo no declarado, aunque evidente, es dilatar, y por tanto derrotar, una oferta de estadidad, a la vez que resucita alguna versión de la desacreditada opción de estado libre asociado. Para empezar, al hacer caso omiso del referéndum, rechazar ofrecer la estadidad, y proponer un proceso multianual y sin fecha límite, no muy sutilmente busca aplastar el “momentum” creado por la combinación de un voto mayoritario en la isla por la estadidad y el control demócrata actual en Washington. Se presume ampliamente que Puerto Rico sería un estado azul, al menos a corto plazo, y por lo tanto se entiende ampliamente que sólo un gobierno controlado por los demócratas admitiría a Puerto Rico como estado, y por lo tanto se acepta ampliamente que la ventana de los próximos dos años es absolutamente crítica para obtener la estadidad.

De otra parte, un resumen del proyecto de ley en la página web de la congresista Velázquez explica que el propósito de la convención es definir opciones de “autodeterminación”, incluyendo “estadidad, independencia, una libre asociación o cualquier otra opción que no sea el arreglo territorial actual”. La frase “o cualquier otra opción que no sea” desafía la costosa lección que los puertorriqueños han pasado la mayor parte de un siglo aprendiendo: no existen “otras” opciones no-territoriales. Invitar a los puertorriqueños a definir tales opciones es ofrecerles falsas esperanzas – otra vez. Entonces tenemos la Sección 6 del proyecto, la cual hace la no ejecutable y por tanto ilusoria promesa de que “si el referéndum según esta Ley es aprobado por el pueblo de Puerto Rico, el Congreso aprobará una resolución conjunta para ratificar la opción de autodeterminación preferida aprobada en dicho voto en el referéndum.” Como deberían saber sus redactores, el Congreso no puede obligarse a sí mismo, mucho menos a un Congreso futuro, a aprobar una resolución conjunta: siempre tiene el poder de rechazar, aprobar o sencillamente hacer caso omiso de legislación propuesta. En resumen, lo que aparenta ser la postura respetuosamente neutral del “Self-Determination Act” hacia los deseos del pueblo de Puerto Rico, en realidad hace caso omiso de su voluntad, los manda a volver a empezar, y los atrae con promesas vacías hacia otro debate más, inútil e interminable.

Por demasiado tiempo los defensores del Estado Libre Asociado han impedido un consenso a favor de la estadidad convenciendo a demasiados puertorriqueños que podían descolonizarse con una opción no-territorial que no fuera la estadidad ni la independencia: el alardeado y mítico “pacto”. Ahora que la Junta de Supervisión y el Tribunal Supremo han desenmascarado ese mito, su única opción es convencer al Congreso de que ofrecer la estadidad a Puerto Rico de alguna forma denigra la autodeterminación puertorriqueña. Si eso suena como una contradicción es porque lo es. Sin embargo, la triste realidad es que los opositores de la estadidad ni siquiera necesitan que se apruebe el “Self-Determination Act” para salirse con la suya. Lo único que necesitan es que el Congreso no apruebe el “Admission Act”. Si siembran suficiente confusión, lo más probable es que fracase. La Constitución no impide esa intolerable falta de resultado. Pero la justicia y la igualdad deberían. Puerto Rico ha sido una colonia de Estados Unidos por 123 años. El Congreso debe tomar acción clara y concreta para poner fin a la pesadilla colonial de Puerto Rico. Tras el voto mayoritario a favor de la estadidad, la manera de hacerlo es aprobando el “Admission Act.”

Christina Duffy Ponsa-Kraus es Profesora de Derecho en Columbia University. Esta columna apareció originalmente en inglés en Balkinization.

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