García Padilla: Seis jueces del Supremo «actúan como enemigos» de la Isla

NR – Lo único consistente de AGP es su mentalidad errática. Sus ataques son irracionales, contrarios al bienestar del Pueblo. Actúa como un dictador de peluche. Es infantil, si difieres eres el diablo. Es la persononificaión del odio, rencor y envidia.
12 de junio de 2013

 García Padilla: Seis jueces del Supremo «actúan como enemigos» de la Isla

García Padilla: Seis jueces del Supremo «actúan como enemigos» de la Isla

Según el gobernador, los jueces esbozaron argumentos políticos en lugar de resolver conforme a derecho las enmiendas a la Ley de Judicatura

«Los países a veces tienen enemigos interiores», dijo García Padilla. (gerald.lopez@gfrmedia.com)

Por Gerardo Cordero / gerardo.cordero@gfrmedia.com

La respuesta del gobernador Alejandro García Padilla a la decisión del Tribunal Supremo de declarar inconstitucional varias partes de la reciente enmienda a la Ley de la Judicatura no se hizo esperar y este miércoles presentó un proyecto de ley ante ambas cámaras que corregiría reparos en torno a la citada ley.

De paso, el primer ejecutivo repudió la conducta de seis jueces asociados del Tribunal Supremo que favorecieron declarar inconstitucional mediante una resolución parte de la Ley 18 del 15 de mayo de 2013.

En conferencia de prensa en La Fortaleza, García Padilla presentó el proyecto de ley que corregiría reparos en torno a la citada ley, de la autoría del presidente del Senado, Eduardo Bhatia, y estimó que la medida debería ser considerada por los cuerpos legislativos sin mayores dilaciones.

«Los países a veces tienen enemigos interiores. En esta ocasión (los seis jueces) se están poniendo en la posición de ser enemigos interiores del país», opinó García Padilla al repudiar que esos seis jueces, todos nombrados por el exgobernador Luis Fortuño, esbozaran argumentos políticos en lugar de resolver conforme a derecho el caso en cuestión.

Los restantes jueces asociados, incluyendo el presidente actual del Supremo, Federico Hernández Denton, han sido nombrados por gobernantes afiliados al Partido Popular Democrático.

Aunque reconoció que la decisión del Tribunal Supremo no tiene carácter final y firme, García Padilla no descartó un impacto negativo de la misma en relación a cambios aprobados en el principal sistema de retiro de empleados públicos, así como en la clasificación del crédito gubernamental.AGV-Poster

«No debe haber degradación del crédito, pero si el Tribunal Supremo provoca la degradación del crédito, voy a hacer todo lo posible por evitarlo. Si el crédito de Puerto Rico se va a chatarra por una determinación como esa, (del Tribunal Supremo) la responsabilidad caerá exclusivamente sobre los hombros de esos seis habitantes de este país», sentenció el mandatario.

El proyecto de administración presentado este miércoles en la tarde por La Fortaleza recomienda enmendar el artículo 3.002 de la Ley de la Judicatura y ajustar las Reglas de Procedimiento Civil para revisar la competencia original y apelativa del Tribunal Supremo.

La legislación tendría caracter prospectivo, por lo que no aplicaría a la ley de cambios en el Retiro aprobada recientemente. Las enmiendas a la Ley de la Judicatura producto del proyecto de Bhatia aplicaban a casos que ya estaban ante la consideración de los tribunales.

La medida se centra en los autos de certificación, que es un recurso que permite pedir intervención directa del Tribunal Supremo, pero incluye disposiciones para garantizar que esa intervención en apelaciones se produzcan cuando ya se han efectuado audiencias y existe un expediente del caso.

La exposición de motivos del proyecto de administración resume parte de la doctrina jurídica de la Constitución del Estado Libre Asociado y alude, entre otros aspectos, a la Sección 19 del Artículo III sobre la facultad exclusiva de legislar de la rama Legislativa. Además, alude al Artículo V sobre el poder judicial, que se refiere a la competencia de los tribunales.

Establece también la intención de enmendar la Ley de la Judicatura para «modificar la competencia apelativa del Tribunal Supremo a los fines de evitar dilaciones y costos que atenten contra la económica procesal y la resolución rápida de los casos».

También dispone que es la intención de la legislación «fomentar que los procesos judiciales se ponderen en sus méritos de forma adecuada». Por eso, propone «limitar la competencia del Tribunal Supremo para revisar las actuaciones interlocutorias del Tribunal de Apelaciones en casos civiles y las sentencias y resoluciones del Tribunal de Apelaciones sobre asuntos de naturaleza interlocutoria procedentes del Tribunal de Primera Instancia en casos civiles».

Además, propone ajustar la Regla 52.2 de Procedimiento Civil, para «fomentar que los casos se diluciden adecuadamente mediante los procedimientos ordinario judiciales y, más aún, para asegurar que al atender un caso, el Tribunal Supremo tenga ante sí la prueba presentada por las partes en apoyo a sus alegaciones».

Repudia argumentos «políticos» de los jueces

García Padilla subrayó que el sexteto de jueces se equivoca en su decisión porque el Tribunal solo tiene facultad para interpretar leyes, pero no para enmendarla y procedió a citar directamente la disposición constitucional al respecto.

«En cuanto a su determinación, yo les voy a leer lo que dice la Constitución porque parece que esos seis jueces no la leyeron. Dice y cito, ‘el Tribunal Supremo, cada una de sus salas, así como cualesquiera de sus jueces, podrá conocer en primera instancia, de recursos de habeas corpus y de aquellos y otros recursos y causas que se determinen por ley», subrayó el Primer Ejecutivo.

«La única circunstancia que por la Constitución, el Tribunal Supremo tiene capacidad, competencia, que es la palabra jurídica, es el habeas corpus, en toda las demás es si se les da por ley», argumentó al insistir en que «el Tribunal Supremo está limitado por la Constitución. Ellos (los jueces) la interpretan, pero no pueden enmendarla y como Gobernador de Puerto Rico que sepan bien que juré defenderla contra todo enemigo exterior o interior y la voy a defender», sostuvo.

Al repudiar a los jueces por entender que esbozaron argumentos políticos, en lugar de resolver conforme a derecho, alegó que «eso nunca se había visto en este país», aun cuando el Supremo tenía jueces como Baltasar Corrada del Río o José Trías Monge, entre otros, vinculados directamente al PNP y al PPD, respectivamente.

«Voy a defender el crédito de este país contra la politiquería que ellos han decidido asumir. Voy a defender el país y voy a defender la Constitución», recalcó al responder a críticas adversas de que el proyecto de Bhatia no se llevó a vistas y destacar que precisamente los ciudadanos demandantes carecerían de audiencias judiciales en casos importantes, de no enmendarse la Ley de la Judicatura como es el interés de su administración.

«Cuando un caso sube por certificación al Supremo, impide que las partes tengan su día en corte, que presenten prueba, que presenten testigos y los interroguen. Lo que ellos están tratando de evitar es que en casos que a ellos les interesan, que a esos seis jueces les interesan, se vaya donde ellos sin que tengan día en corte, sin que se pase prueba y esa es la vista que yo estoy protegiendo, la vista en sus méritos de un caso», dijo García Padilla.

Después de entregar copia del proyecto recién referidos a las cámaras, insistió en que «la vista que yo quiero que se dé es la de cada puertorriqueño y cada puertorriqueña que quiera vindicar un derecho, que tenga su caso en corte, ante un juez imparcial o ante un jurado y pueda allí ir con su abogado, presentar su prueba, sus testigos y defenderse».

«Esa es la vista que yo quiero presentar y la que ellos quieren que no se dé, en casos que a ellos les interesan, para entorpecer la gestión del gobierno, pues lo repito yo juré defender la Constitución y en ese juramento no está por cliché o por poesía que es contra cualquier enemigo exterior o interior», subrayó.

NR – El PPD se olvida que el Tribunal Supremo siempre había funcionado como un Comité de Barrio y hasta decidian elecciones apropiandose el voto cuado tenian mayoria. Es que los dirigentes del PPD tienen una mentalidad LatinoAmericanista donde el poder judicial es un instrumento de la Oligarquía Criolla. Ya eso pasó, los del PPD como no creen en el Imperio de la Ley, creen que el poder político no tiene que cumplir con la ley, por eso prometen seguir actuando con ilegalidades.

Un choque inevitable

12 de junio de 2013 – ColumnasOpinión – 

La Ley 18-2013 elimina fundamentales mecanismos de justicia a nuestra Rama Judicial y limita el poder de administración del Tribunal Supremo.

EL VOCERO / Archivo

Lcdo. Ramón L. Rosario Cortés
Asociación de Abogados

Un ejemplo es la eliminación del recurso de certificación entre tribunales locales. Esto obligaría a las partes a incurrir en costos innecesarios y someterse a trámites prolongados cuando ello es injustificable.

La Ley 201 de 2003, Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, fue aprobada por la entonces gobernadora Sila M. Calderón. El Artículo 3.002 de esa ley reguló la competencia del Tribunal Supremo y estableció el recurso de certificación intrajurisdiccional. Por una década, y tras varios cambios de gobierno, dicho artículo permaneció inalterado hasta la Ley 18-2013.

El subinciso (e) de ese artículo permitía traer inmediatamente ante el Tribunal Supremo cuestiones noveles de Derecho o cuestiones de alto interés público que incluyeran cualquier cuestión constitucional sustancial. Ese mecanismo procesal estuvo disponible para resolver cuestiones de alto interés público que requirieron certeza y resolución inmediata sin tramitación innecesaria en los foros inferiores. Esto pues, de ordinario, las cuestiones de alto interés público siempre llegan al Tribunal Supremo. Al amparo de esa regla procesal, el Tribunal Supremo tuvo ante su consideración inmediata importantes controversias como el caso de los ‘pivazos’ que le dio la victoria electoral al exgobernador Aníbal Acevedo Vilá; cuando este último intentó reducir unilateralmente el presupuesto de otras ramas de gobierno; Paseo Caribe; Ley 7-2009; la huelga en la UPR.; acceso a las gradas del hemiciclo a miembros de la Prensa; la reforma legislativa; y el voto de los excluidos por inactividad.

En Rivera v. J.C.A., 164 D.P.R. 1, 8 (2005), el Tribunal Supremo afirmó que “cuando un asunto requiera urgente solución, bien porque se afecte la administración de la justicia o bien porque el asunto exija una pronta atención por su importancia, el auto de certificación es un valioso instrumento para adelantar estos objetivos”. Y es que la administración de la justicia es un deber inherente del Tribunal Supremo y la Asamblea Legislativa no puede intervenir con esa obligación puramente judicial.

El mejor ataque a la Ley 18-2013 lo hizo hace más de 60 años el delegado a la Convención Constituyente, licenciado Ernesto Ramos Antonini, al afirmar que “es tan indispensable a la independencia del poder judicial la administración de los tribunales de justicia en manos del poder judicial, que consideramos que esta es toda la contestación que debemos dar oponiéndonos a la enmienda presentada”. (Pág. 617 del Diario de Sesiones)

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EL SUPREMO

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Posted by Israel Roldan

Desde los años 40 el Tribunal Supremo de Puerto Rico estaba integrado por jueces nombrados por gobernadores electos por el Partido Popular. Aún bajo gobernadores electos por el Partido Nuevo, como don Luis A. Ferré, Romero Barceló y Roselló, la mayoría de los jueces seguían siendo nombramientos de gobernadores populares. Nadie criticaba por ello al Tribunal Supremo.Luego de 60 años, bajo la gobernación de Fortuño, este pudo nombrar seis jueces al Tribunal Supremo y se constituye una mayoría de jueces del Supremo nombrados por un gobernador electo por el PNP. Las críticas no se hicieron esperar. Los populares que se creían dueños del Tribunal Supremo, se negaban a aceptar que por primera vez en 60 años la mayoría de los jueces del Tribunal no habían sido nombrados por gobernadores populares.

Recordamos la decisión política del Tribunal Supremo de entonces, que le dio la victoria a Acevedo Vila, la conocida como los pivazos. Pero la prensa popular y el liderato popular aplaudía la decisión después de todo era el Tribunal Supremo el que había decidido que el gobernador electo era Aníbal Acevedo Vilá.

El Tribunal Supremo siempre ha tenido jurisdicción para, por vía de certificación, entender directamente casos que están revestidos de gran importancia. La legislatura del PPD aprobó la Ley 18 que fue firmada por el gobernador García Padilla para quitarle esos poderes al Tribunal Supremo. La prensa no protestó y los líderes populares aplaudieron la Ley.  Y pasó lo que todos los abogados sabíamos que iba a pasar, el Tribunal Supremo decidió que la Ley 18 era inconstitucional porque era un intento del poder legislativo y del poder ejecutivo de limitar los poderes del poder judicial, lo cual en estricto derecho es cierto. Los 6 jueces nombrados por el gobernador Fortuño votaron en contra de la Ley y los tres jueces nombrados por Hernández Colón y Sila Calderón votaron  a favor de la Ley.

La interpretación correcta es que el Tribunal Supremo defendió los poderes y la jurisdicción que siempre ha tenido. La legislatura y el gobernador pretendieron quitarle dichos poderes solo porque la mayoría fue nombrada por Fortuño. Y lo que es lamentable es que los tres jueces del PPD votaran a favor de reducir sus poderes por la misma razón que tuvo la legislatura y el gobernador.

Los jueces nombrados por el PNP defendieron al Tribunal Supremo, los jueces nombrados por el PPD defendieron al PPD.

AGP contesta con otro proyecto

12 de junio de 2013 – PolíticaPuerto Rico – 

Reacción del Primer Mandatario tras conocer la decisión del Tribunal Supremo

Alejandro García Padilla. EL VOCERO/ Luis A. López

El gobernador Alejandro García Padilla anticipó ayer que presentará otro proyecto que contemple el mandato constitucional de que se determinen por ley las condiciones específicas de cuándo el Tribunal Supremo atenderá casos de jurisdicción primaria.

Esa fue la reacción del Primer Mandatario tras conocer la decisión del Tribunal Supremo que declaró inconstitucional la Ley 18, que eliminaba poderes al Alto Foro.

“La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico lee en su Artículo V del Poder Judicial: ‘el Tribunal Supremo, cada una de sus salas, así como cualquiera de sus jueces, podrán conocer en primera instancia de recursos de hábeas corpus y de aquellos otros recursos y causas que se determinen por ley’. Fue esto precisamente lo que hicimos con la aprobación de la Ley 18”, expresó el Primer Ejecutivo en declaraciones escritas.

“Como Gobernador de Puerto Rico, estoy llamado a proteger los principios democráticos cobijados en la Constitución del Estado Libre Asociado, entre ellos, aquel que reconoce la separación de poderes entre las ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial. Próximamente, se presentará otra medida para que se determinen por ley, como ordena la Constitución, cuáles son las circunstancias en las que el Tribunal Supremo atenderá un caso en jurisdicción primaria”, afirmó el mandatario.

Por su parte, el presidente del Senado, Eduardo Bhatia, a quien el Tribunal Supremo responsabiliza por aprobar una ley con una “indudable misión de revancha”, dijo que esa Corte se abrogó “poderes que no tiene” y que la ley que acaba de declarar inconstitucional fue “aprobada válidamente”.

“Es lamentable que cinco jueces del Tribunal Supremo desafíen la democracia y se abroguen poderes que constitucionalmente no le corresponden (sic). Sus acciones son un intento irresponsable de legislar desde el estrado y de usurpar las funciones constitucionales de la Rama Legislativa. Con su Resolución, la nueva mayoría quiere tener poderes ilimitados que ni siquiera tiene el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Más insólito aún es la disparatada acción de utilizar ‘motivaciones’ como base para declarar inconstitucional una ley. Esta Resolución es un asalto jurídico e irá a la historia como un intento adicional de destruir la justicia en Puerto Rico, dijo Bhatia en declaraciones escritas.

Sin embargo, la portavoz del PNP en la Cámara de Representantes, Jenniffer González, trajo a colación el proceso atropellado en que dicha legislación fue aprobada en un acelerado trámite nocturno.

“Esa medida fue una descargada en el Senado y aprobada a altas horas de la noche en la Cámara sin evaluación y sin análisis jurídico. Hemos consignado en reiteradas ocasiones la improvisación legislativa que impera en esta Legislatura y como estas muchas determinaciones serán adversas para Puerto Rico. Eso pasa cuando se legisla a ciegas, sin análisis, ni evaluación alguna, cuando se legisla de noche y de espaldas al Pueblo. Los poderes constitucionales son lo más sagrado de una democracia y aquí se están violentando”, expresó.

Mientras, la representante María Milagros Charbonier arremetió contra Bhatia “por su insistencia en crear una crisis constitucional”. Además, solicito la intervención del Gobernador para controlar los ataques del Senado a la Constitución de Puerto Rico.

‘Misión de revancha’ contra el Supremo

12 de junio de 2013 – Ley y ordenTribunales – 

Al expresarse contra la Ley 18, Supremo imputó una agenda política a la Legislatura

Suministrada.

El Tribunal Supremo determinó que la Ley 18 –que elimina poderes al Alto Foro– es inconstitucional y fue el resultado de un trámite legislativo sospechoso e irregular que viola la separación de poderes de las tres ramas del gobierno, mientras que decidió no acoger en este momento el reclamo sobre la Ley de Retiro.

El Tribunal apunta a la inconstitucionalidad de los Artículos 1 y 2 del estatuto porque violan la separación de poderes, y el V Artículo de la Constitución, que otorga los poderes a la Rama Judicial.

La Ley 18 se aprobó para, entre otras cosas, privar al Tribunal Supremo de poder acoger recursos de certificación o de ‘certiorari’ interlocutorio, con algunas excepciones bien limitadas.

El Tribunal analizó unas manifestaciones del autor de la ley, el presidente del Senado Eduardo Bhatia y concluyó que el ‘supremazo’ se aprobó como una “indudable misión de revancha por parte de la Asamblea Legislativa contra pasadas acciones de esta curia” y con prisa deliberada, para evitar que estos casos lleguen al Tribunal Supremo si otro tribunal le niega un remedio provisional a los demandantes.

El más Alto Foro judicial destacó que la ley “no nos permite certificar en esta etapa a menos que el Ejecutivo consienta y nos impide revisar decisiones interlocutorias que se podrían convertir en académicas antes de llegar ante la consideración de este foro por la vía ordinaria. Para todo propósito práctico, los tribunales de jerarquía inferior serían los de última instancia en casos como este”.

El Tribunal concluyó, al utilizar el análisis del fallecido juez presidente José Trías Monge, que el ‘supremazo’ es inconstitucional porque viola el Artículo V, sección 2 de la Constitución, que dispone que el Supremo tendrá autoridad para dilucidar en última instancia todas las controversias judiciales.

El Supremo citó, entre otros, al juez presidente Federico Hernández Denton, para destacar el principio de acceso a la justicia y contraponerlo al ‘supremazo’. El Alto Foro también citó a Hernández Denton y las estadísticas oficiales para demostrar que, tras el aumento a nueve jueces en el 2010, ya no hay una carga excesiva de trabajo en el Supremo. Esa fue una de las justificaciones que se invocó en la Legislatura para aprobar la Ley.

La decisión contó con cinco votos de los jueces asociados Mildred Pabón Charneco, Rafael Martínez Torres, Erick Kolthoff Caraballo, Edgardo Rivera García y Roberto Feliberti Cintrón, todos nombrados por el gobernador Luis Fortuño. Estrella Martínez coincidió con la declaración de inconstitucionalidad del ‘supremazo’, pero a diferencia de la mayoría del Tribunal, habría certificado los tres casos consolidados.

Aunque el juez presidente Hernández Denton ha presentado el acceso a la justicia como una de sus metas principales, discrepó de la declaración de inconstitucionalidad, aunque coincidió con la decisión de no certificar los tres casos consolidados. Lo mismo hicieron las juezas asociadas Liana Fiol Matta y Anabelle Rodríguez Rodríguez. Los tres jueces en minoría fueron nombrados a sus cargos por la gobernadora Sila Calderón.

Sin embargo, el Tribunal acordó no acoger “en esta etapa”  las peticiones de 390 empleados públicos de las tres ramas de gobierno, que incluye a un grupo de la Oficina del Contralor y otro de la Policía, para que se declare inconstitucional la recién aprobada Ley de Retiro. Ayer, otro grupo de 956 empleados públicos de 38 diferentes agencias se unieron a las demandas.

El Alto Foro resolvió que “aunque las alegaciones de las demandas en estos casos exponen daños concretos y detallados, que parecen ser suficientes de su faz, …es indispensable presentar  prueba…” ante el Tribunal de Primera Instancia y ordenó la celebración de una vista evidenciaria a no más tardar del 18 de junio.

12 de junio de 2013

«Saben que están equivocados»

Gobernador advierte que presentará una nueva medida

En la Cámara de Representantes, las reacciones a la acción del Supremo fueron de líneas estrictamente partidistas. (archivo)
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Por Yaritza Santiago y José Delgado / mailto:puertoricohoy%40elnuevodia.com

La Fortaleza evaluará la posibilidad de enviar a la Legislatura un nuevo proyecto de ley dirigido a reglamentar la competencia del Tribunal Supremo.

Así lo indicó ayer el gobernador, Alejandro García Padilla ante la decisión del Tribunal Supremo de declarar inconstitucional la Ley 18, que eliminó la posibilidad de que se lleven casos directamente al Tribunal Supremo mediante el recurso de certificación.

El Supremo sostuvo que el esquema de la Ley 18 para atender los recursos de certificación y certiorari viola la sección 3 del Artículo V de la Constitución de Puerto Rico porque impide que el Supremo sea el tribunal de última instancia en Puerto Rico.

La decisión contó con el voto a favor de cinco de los seis jueces nombrados por el exgobernador Luis Fortuño, con el voto particular del juez Luis Estrella (nombrado por Fortuño) y el voto disidente de los tres jueces nombrados durante administraciones del Partido Popular Democrático (PPD).

«Los cinco jueces que votaron a favor saben que están equivocados. La Constitución es clara cuando por ley dice qué procesos se atenderán en primera instancia. Eso es lo que se está haciendo», indicó el gobernador.

Para García Padilla, la mayoría del máximo foro judicial de la Isla no solo se ha equivocado en términos jurídicos, sino que ha utilizado en su opinión lenguaje «propio de los cuerpos políticos».

«De un tiempo para acá, el Tribunal Supremo ha (asumido posiciones) como esas. Me parece que es algo tan ajeno a los buenos jueces que ha tenido el Tribunal Supremo, que buscaban alejarse del dime y direte político. Lamento el mal rato que esto le causa a los estudiantes de Derecho, que ahora van a tener que leer ese tipo de decisiones», indicó García Padilla.

La reacción del gobernador recibió un espaldarazo de varios legisladores populares pues a su juicio, la decisión de los cinco jueces del Supremo desafía la democracia.

«El Tribunal Supremo decidió hoy (ayer) abrogarse poderes que no tiene y atacó sin justificación alguna una ley aprobada válidamente por la Asamblea Legislativa para garantizarle a toda persona el derecho de tener su día en corte y de presentar prueba durante los procesos judiciales», dijo el presidente del Senado, Eduardo Bhatia.

El senador expuso que esta acción del Supremo refleja un intento irresponsable de legislar desde el estrado y de usurpar las funciones constitucionales de la rama legislativa. Pero Bhatia fue más allá al catalogar de «disparatada» la acción del Supremo de utilizar «motivaciones» como base para declarar inconstitucional una ley.

«Esta resolución es un asalto jurídico e irá a la historia como un intento adicional de destruir la justicia en Puerto Rico», puntualizó el líder de la Cámara Alta.

Otro que opinó igual fue el presidente de la Cámara de Representantes, Jaime Perelló, al señalar que el Tribunal Supremo ha intervenido de manera indebida en lo que es el poder de la Rama Legislativa. Más aún, dijo que esa acción se trata de un «atentado constitucional por parte de un Tribunal Supremo que se ve que está motivado políticamente». «Esa decisión el Supremo debería reconsiderarla porque están manchando la imagen de un tribunal que siempre ha sido respetado por el pueblo», dijo.

El PNP respalda al Supremo

En cambio, legisladores del Partido Nuevo Progresista aplaudieron al Supremo pues, a su juicio, la creación de la Ley 18 fue el resultado de una improvisación legislativa. «Eso pasa cuando se legisla a ciegas, sin análisis, ni evaluación alguna, cuando se legisla de noche y de espaldas al pueblo. Los poderes constitucionales son lo más sagrado de una democracia y aquí se están violentando», dijo la portavoz de la minoría en la Cámara de Representantes, Jenniffer González.

Para el portavoz alterno de la minoría senatorial, Carmelo Ríos, el Supremo está reclamando su espacio entre el balance de poderes de las tres ramas en favor del acceso fácil y justo de la ciudadanía. «El acceso al Tribunal Supremo no puede ser tan complejo que las personas lo piensen dos veces antes de reclamar el derecho al proceso», dijo.

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A la verdad qué en vez de darme coraje me ha dado risa. Esta mañana escuché al «flamante» Pres. del Senado, Eduardo Bhatia, despotricando, cómo una vieja loca, contra los jueces del TS qué nombró LF, acusándolos de haber convertido al TS en una tribuna de barrio del PNP. Yo creo qué este caballero sufre de un trastorno de memoria selectiva pues no se acuerda cuando los suyos, los populetes, usaron al TS cómo tribuna de barrio del PPD por más de 60 años! Me río y me seguiré riendo, lo qué es igual no es ventaja, Señor Presidente! Jajajajaja!
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