La prevención: el mejor antídoto a la corrupción (Parte I y II)

La prevención: el mejor antídoto a la corrupción (Parte I y II)

4 de julio de 2013 – ColumnasOpinión – 

Lcda. Zulma R. Rosario Vega
Directora Ejecutiva
Oficina de Ética Gubernamental

EL VOCERO/Archivo

Uno de los aspectos más importantes en la Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico, Ley 1-2012, es la prevención de conflictos de intereses para lograr la excelencia y el profesionalismo en el servicio público. Nuestra Área de Asesoramiento Jurídico tiene la responsabilidad de atender todas las consultas telefónicas, personales y escritas así como las autorizaciones para contrataciones o nombramientos que permite la Ley de Ética. Ningún servidor público debe desaprovechar la oportunidad de consultarnos cualquier inquietud sobre las disposiciones de nuestra Ley y su reglamentación. Mediante este mecanismo prevenimos las actuaciones o decisiones contrarias a la Ley de Ética.

El asesoramiento y las consultas se atienden en cualquier momento, ya sea por teléfono o personalmente con el fin de brindarle una orientación general. Por otro lado, las opiniones o consultas por escrito, validadas con la documentación necesaria, requieren que el solicitante provea toda la información pertinente para que la Oficina esté en la mejor posición de emitir una opinión formal. Esta opinión es la posición vinculante de la OEG.

La OEG evalúa varios tipos de autorizaciones a solicitud de las agencias o municipios: las de nombramientos o contratación del pariente de la autoridad nominadora o de la persona con capacidad de influenciar; las del servidor público que contrata con su propia agencia; las del exservidor cuya agencia interesa contratarle antes que transcurra el término de dos años de su desvinculación. Todas estas autorizaciones son consideradas como la excepción a la norma y son evaluadas con el rigor necesario para que no se vulnere la confianza del Pueblo en sus instituciones públicas y en el servicio público.

La Ley de Ética también cuenta con un mecanismo de inhibición, mediante el cual los servidores públicos pueden garantizar la transparencia en el ejercicio de sus funciones y evitar que se lacere la confianza de la ciudadanía en el gobierno. Cuando un servidor público se enfrente a la posibilidad de llevar a cabo una acción oficial que pudiere enfrentarlo a alguna de las prohibiciones contenidas en la Ley de Ética, deberá notificarlo a la OEG. De entenderse que la situación conflictiva pueda atenderse mediante el mecanismo de inhibición, se le indicará cuáles son los estrictos pasos a seguir.

Mientras más preciso sea el solicitante en su exposición y acompañe los documentos que sustenten su petición, más rápida será la determinación de la OEG. Evaluados los pormenores y corroborados mediante el examen de los documentos presentados, las solicitudes de autorización se procesan en un promedio de 15 días laborables.

Los formularios que le asisten para completar certeramente estas solicitudes se encuentran en el portal electrónico de la Oficina www.eticapr.com.

Nuestro norte es prevenir mediante el asesoramiento a los servidores públicos de la Rama Ejecutiva para que se mantengan en claro cumplimiento con las disposiciones de la Ley de Ética y así evitar cualquier conflicto de intereses.

Twitter: @eticachief

La prevención: el mejor antídoto contra la corrupción – Parte II

21 de agosto de 2013 – ColumnasOpinión – 

La labor educativa va de la mano con el rol de los comités de ética de cada agencia, incluyendo los municipios y corporaciones públicas, de informarle a sus empleados que deben cumplir con su obligación legal y moral de educarse

Lcda. Zulma R. Rosario Vega
Directora de la Oficina de Ética Gubernamental

La educación tiene un rol significativo en la lucha contra la corrupción. Aun cuando es de todos conocido que el desconocimiento de la ley no nos exime de su cumplimiento, no es menos cierto que es obligación de todos estar al día en nuestros procesos educativos. Conocer las reglas de juego en el servicio público es fundamental para los que hemos recibido el privilegio de manejar asuntos gubernamentales.

La Ley de Ética Gubernamental, Ley 1-2012, exige que los servidores públicos de la Rama Ejecutiva cumplamos con un mínimo de 20 horas de educación en materia ética, cada dos años. Tan medular es esta normativa que la ley nos faculta a imponer sanciones por el incumplimiento con las horas de educación continua.

Los adiestramientos que ofrecemos en la OEG son muy diversos, contemporáneos y libre de costo, así que no hay excusas para no cumplir. Todas nuestras iniciativas educativas se trabajan desde el Centro para el Desarrollo del Pensamiento Ético (CDPE). El CDPE diseña y lleva a cabo adiestramientos en materia de ética, valores y desarrollo integral primordialmente para los servidores públicos pero con un impacto positivo en la sociedad puertorriqueña en general.

El CDPE prepara un calendario semestral de sobre 30 cursos y se desarrollan adiestramientos particulares de acuerdo a las necesidades de los diferentes centros de trabajo. Además, se ofrecen adiestramientos de 7.5 horas a personas nominadas por el Gobernador así como a los candidatos certificados por la Comisión Estatal de Elecciones a puestos electivos. Además de los cursos presenciales contamos con métodos de lectura y análisis de la revista Ethos Gubernamental, así como la Serie de Trabajos Investigativos en Curso de la OEG (STIC). Estas procuran integrar el aprendizaje a distancia y propiciar el desarrollo de una formación innovadora en los servidores públicos.

Es importante destacar que el CDPE convalida métodos de educación relacionados a la ética y los valores, así como de las actividades educativas prácticas desarrolladas por las agencias. Se reconocen las iniciativas que tienen las agencias en manejar sus propias necesidades de educación y el esfuerzo individual de cada servidor público.

La División de Registro del CDPE mantiene una base de datos que contiene las horas de educación continua de todos los servidores públicos y sirve de apoyo a las agencias. Cada empleado puede inscribirse en nuestra página www.eticapr.com para verificar sus horas de educación continua.

La labor educativa va de la mano con el rol de los comités de ética de cada agencia, incluyendo los municipios y corporaciones públicas, de informarle a sus empleados que deben cumplir con su obligación legal y moral de educarse y así lograr la meta de profesionalizar cada vez más nuestro servicio público.
Comentarios a Twitter: @eticachief

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